Decreto núm. 394-2021¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 394
- Año: 2021
- Título detectado: que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 11024 del 2 de julio de 2021
- Fecha: 18/06/2021
- Gaceta oficial: 11024
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3398242&managementType=1
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6b94d11c575437cb0a947cc48fc112f28d00e4441dd0a6886943a6bfa09e8cd8 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 394-21 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 11024 del 2 de julio de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 394-21
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral asegura no haber recibido, dentro del plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados.
VISTA: La Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se autoriza a cambiar el nombre a las personas que se detallan a continuación:
- Bienvenido Fernando Barreiro Martínez por el de FERNANDO BARREIRO MARTÍNEZ. 2. Astavaldo Antonio Caridad Silvestre por el de ANTONIO CARIDAD SILVESTRE. 3. Felicia del Carmen Mendoza Rodríguez por el de ALICIA MENDOZA RODRÍGUEZ.
Página 2 del PDF¶
- Se deroga el artículo 1 del Decreto núm. 734-20, del 28 de diciembre de 2020, mediante el cual se autorizó a cambiar el nombre a Felicia Ramona Flete Rodríguez por el de RAMONA JOSEFINA FLETE RODRÍGUEZ.
Artículo 2. Envíese a la Junta Central Electoral, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.