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Decreto núm. 391-2021

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Dec. No. 391-21 que concede la naturalización dominicana ordinaria a varios extranjeros. Modifica los numerales 17 y 20 del artículo 1 del Dec. No. 607-20. G. O. No. 11024 del 2 de julio de 2021.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 391-21

VISTA: La Ley núm. 1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus modificaciones.

VISTAS: Las instancias números 1298, 1299, del 19 de abril de 2021, 2137, 2138, 2139, 2140, 2141, 2142, del 3 de mayo de 2021 y 2916, del 21 de mayo de 2021, que por conducto del Ministerio de Interior y Policía, han elevado al Poder Ejecutivo las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente decreto.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la nacionalidad dominicana, a título de naturalización ordinaria, a las personas que se indican a continuación:

  1. María del Carmen Rosario Nañez Rodríguez, de nacionalidad mexicana.

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  1. Mardochee Catalice y su esposa Marie-Claude Bernadin Pierre-Paul, ambos de nacionalidad haitiana. 3. María del Carmen Luaces Domínguez, de nacionalidad cubana. 4. Doris Ludy Marín González, de nacionalidad colombiana. 5. Yordán Antonio Gutiérrez Matín, de nacionalidad cubana. 6. Juliet Josefina Burguera Villoria, de nacionalidad venezolana. 7. Eduardo Antonio Galíndez Sevilla y su esposa Blanca Iraida Velazco Mariño, ambos de nacionalidad venezolana.

ARTÍCULO 2. Se modifica el numeral 20 del artículo 1 del Decreto núm. 607-20, del 2 de noviembre de 2020, para que en adelante se lea de la siguiente manera:

  1. Anastasiia Rostislavovna Boivka, de nacionalidad rusa.

ARTÍCULO 3. Se modifica el numeral 17 del artículo 1 del Decreto núm. 607-20, del 2 de noviembre de 2020, para que en adelante se lea de la siguiente manera:

  1. Maxim Leonidovich Vorontsov, de nacionalidad rusa.

ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de junio del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.