Decreto núm. 339-2021¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 339
- Año: 2021
- Título detectado: que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 11021 del 1 de junio de 2021
- Fecha: 26/05/2021
- Gaceta oficial: 11021
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3398180&managementType=1
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6d5fe6ed22224c67721080b4e9cfbb6b8db67ea605485b19731265b71b90f025 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 339-21 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 11021 del 1 de junio de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 339-21
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral asegura no haber recibido, dentro del plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados.
VISTA: Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se autoriza a cambiar el nombre a las personas que se detallan a continuación:
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David Antonio Vásquez Méndez por el de DALVIN ANTONIO VÁSQUEZ MÉNDEZ.
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Aura Jaqueline Peña Suero por el de ROSA PEÑA SUERO.
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Brunilda Martínez por el de ARACELIS MARTÍNEZ.
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Sarita Adón por el de SARA ADÓN.
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Robín Alberto María Santos por el de ROBÍN ANTONIO MARÍA SANTOS.
-
Se modifica el artículo 1, numeral 6 del Decreto número 715-20, del diecisiete de diciembre de 2020, para que se lea y sea lo correcto. Zacarías Nuñez Cabrera por el de TONILA NUÑEZ CABRERA.
Página 2 del PDF¶
Artículo 2. Envíese a la Junta Central Electoral para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de mayo del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.