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Decreto núm. 287-2021

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Dec. No. 287-21 que excluye de la expropiación efectuada mediante Dec. No. 3852 del 6 de septiembre del 1973, la parcela No. 400448268590, en Villa Mella, Santo Domingo Norte, la cual sería destinada a la construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 11018 del 30 de abril de 2021.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 287-21

VISTO: El Decreto núm. 3852, del 6 de septiembre de 1973, que declaró de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, una porción de terreno con una extensión superficial de 6, 288.63 m², para ser destinada a la construcción de un edificio escolar en el poblado de Santa Cruz, sección Villa Mella, Distrito Nacional.

VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943.

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_____________ En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

Artículo 1. Se excluye de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm. 3852, del 6 de septiembre de 1973, el inmueble que se detalla a continuación:

Artículo 2. Envíese al Registrador de Títulos de Santo Domingo y a la Dirección General de Bienes Nacionales, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de abril del año dos mil veintiuno (2021), año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.