Decreto núm. 250-2021¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 250
- Año: 2021
- Título detectado: que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el Grado de Gran Cruz Placa de Plata, a la excelentísima señora Xinia Vargas Mora, embajadora extraordinaria y plenipotencia de la República de Costa Rica en la República Dominicana. G.O. No. 11016 del 16 de abril de 2021
- Fecha: 15/04/2021
- Gaceta oficial: 11016
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
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Dec. No. 250-21 que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el Grado de Gran Cruz Placa de Plata, a la excelentísima señora Xinia Vargas Mora, embajadora extraordinaria y plenipotencia de la República de Costa Rica en la República Dominicana. G.O. No. 11016 del 16 de abril de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 250-21
Página 2 del PDF¶
CONSIDERANDO: Los altos merecimientos de la excelentísima señora Xinia Vargas Mora, embajadora extraordinaria y plenipotenciaria de la República de Costa Rica en la República Dominicana.
VISTA: La Ley núm. 1113, del 26 de mayo de 1936, que crea la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte, modificada por la Ley núm. 3916, del 9 de septiembre de 1954, que denomina la Orden del Mérito de Juan Pablo Duarte "Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella". OÍDO: El parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO l. Se concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el Grado de Gran Cruz Placa de Plata, a la excelentísima señora Xinia Vargas Mora, embajadora extraordinaria y plenipotenciaria de la República de Costa Rica en la República Dominicana.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes ele abril del año dos mil veintiuno (202l); año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
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