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Decreto núm. 244-2021

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Dec. No. 244-21 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G.O. No. 11016 del 16 de abril de 2021.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 244-21

VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Consumo y Servicios Múltiples Alianza de Consumidores Nacionales (COOPALCON), con domicilio en la calle Central, número 12, Bellas Colinas, San Miguel, Manoguayabo, Santo Domingo Oeste, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintitrés (23) de febrero de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de Emprendedores Educativos (COOPEES), con domicilio en la calle Principal, San Miguel, Manoguayabo, número 76-B, Santo Domingo Oeste, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintidós (22) de febrero de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples “La Zurza” (COOP-ZURZA), con domicilio en la calle Francisco del Rosario Sánchez, número 91, Santo Domingo, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el doce (12) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).

Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples La Reforma (COOPREFORMA), con domicilio en la calle D, número 7, Colinas del Norte, Pantoja, Santo Domingo Oeste, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veinte (20) de febrero de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 5. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples de la Federación Nacional de Mujeres Trabajadoras (COOPFENAMUTRA), con domicilio en la calle José de Jesús Ravelo, número 56, Villa

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_____________ Juana, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el veintisiete (27) de enero de dos mil veintiuno (2021).

Artículo 6. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de abril del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.