Saltar a contenido

Decreto núm. 136-2021

Aviso

LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.

Metadata

Texto

Página 1 del PDF

Dec. No. 136-21 que concede la nacionalidad dominicana a título de naturalización ordinaria a varias personas extranjeras. G. O. No. 11012 del 15 de marzo de 2021.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 136-21

VISTA: La Ley núm. 1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus modificaciones.

VISTAS: Las instancias números 7719, del 30 de septiembre de 2019; 3128, del 20 de julio de 2020; 277, 278, 279, 280, 281, 282, 283 y 284, del 29 de enero de 2021, que, por conducto del Ministerio de Interior y Policía, han elevado al Poder Ejecutivo las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente decreto.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la nacionalidad dominicana, a título de naturalización ordinaria, a las personas que se indican a continuación:

  1. Rani Ghosheh, de nacionalidad española. 2. Franco Turchetto, de nacionalidad italiana. 3. Carlos Borges Ramírez, de nacionalidad cubana. 4. Félix Rodríguez León, de nacionalidad cubana. 5. Irvin Guidicelli, de nacionalidad estadounidense. 6. Luis Enrique Borras González y su esposa Érika Katiuska Martínez Guerrero, ambos de nacionalidad venezolana. 7. Jaime Humberto Herrera Muñoz y su esposa Dolly Alejandra Betancourt Agudelo, ambos de nacionalidad colombiana. 8. Edward Emilio Muñoz Jaramillo, su esposa Nancy Gómez Velásquez, su hijo mayor de edad Johan Sebastián Muñoz Gómez y su hijo menor de edad Edward Thomas Muñoz Gómez, todos de nacionalidad colombiana. 9. Tomislav Radivojević y su esposa Vesna Radivojević, ambos de nacionalidad Serbia. 10. Dominique Marie Bonbon, su esposa Olga Burlot y su hijo menor de edad Marvin Dominique Bonbon, todos de nacionalidad francesa.

ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para su conocimiento y ejecución.

Página 2 del PDF


DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021); año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.