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Decreto núm. 069-2021

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Dec. No. 69-21 que crea e integra la Comisión de Restauración y Conservación del Palacio Nacional y de su entorno, presidida por el ministro administrativo. G. O. No. 11009 del 11 de febrero de 2021.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 69-21

CONSIDERANDO: Que el 28 de agosto de cada año se celebra el aniversario de la inauguración del Palacio Nacional, que funge como sede del Gobierno Central.

CONSIDERANDO: Que esta obra arquitectónica y monumental, que estuvo a cargo del ingeniero italiano Guido D’Alessandro Lombardi, entre 1939 y 1947, supone uno de los patrimonios materiales más importantes de la República Dominicana y su historia política.

CONSIDERANDO: Que en la actualidad el Palacio Nacional requiere de una intervención para subsanar y corregir los daños y deterioros acumulados durante décadas, los cuales afectan directamente la preservación de su estructura y su desempeño como instalación gubernamental que cuenta con un amplio flujo de empleados y visitantes.

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CONSIDERANDO: Que para esta ardua labor de evaluación, restauración y conservación del Palacio Nacional resulta necesario conformar un equipo técnico compuesto por un personal calificado, institucional y multidisciplinario, que pueda cumplir con estos trabajos para la celebración del 75 aniversario en el 2022, así como posteriores conmemoraciones de acuerdo con las etapas de desarrollo.

CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano debe salvaguardar su patrimonio cultural, tanto material como inmaterial; por lo tanto, debe garantizar la protección, conservación, restauración y puesta en valor del Palacio Nacional y de su entorno.

VISTA: La Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015.

VISTA: La Ley núm. 10, del 11 de septiembre de 1965, que suprime la Secretaría de Estado de la Presidencia y crea un Secretariado Administrativo y un Secretariado Técnico a cargo de la Presidencia de la República.

VISTA: La Ley núm. 41-00, del 28 de junio de 2000, que crea la Secretaría de Estado de Cultura.

VISTA: La Ley núm. 247-12, del 9 de agosto de 2012, Orgánica de la Administración Pública.

VISTO: El Decreto núm. 186, del 23 de julio de 1931, que crea la Academia Dominicana de la Historia.

VISTO: El Decreto núm. 18-97, del 15 de enero de 1997, que creó e integró la Comisión Nacional de Rescate, Restauración y Remozamiento del Palacio Presidencial.

VISTO: El Decreto núm. 520-20, del 29 de septiembre de 2020, que designa a los directores ejecutivos de los gabinetes de los sectores Construcción y Agua.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se crea la Comisión de Restauración y Conservación del Palacio Nacional y de su Entorno, con el fin de rescatar el patrimonio cultural, mejorar la operatividad de labores, reforzar la seguridad, al igual que asesorar en la organización de los festejos del 75 aniversario de su inauguración.

ARTÍCULO 2. La comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Revisar y realizar un levantamiento técnico de los planos y la estructura física del Palacio Nacional.

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b) Comprobar la base documental, bibliográfica, fotográfica, audiovisual e histórica que posee el Palacio Nacional y, según corresponda, proceder con su actualización. c) Verificar los sistemas preventivos y de vigilancia desplegados en el Palacio Nacional y, según corresponda, ponderar su reforzamiento para garantizar su seguridad interna y la de su entorno. d) Presentar a la Presidencia de la República un proyecto de trabajos de mejoras y rehabilitaciones del Palacio Nacional, sin alterar la estructura interna de sus principales salones ni sus características arquitectónicas. e) Solicitar al Instituto Postal Dominicano (INPOSDOM) una emisión de sellos conmemorativa del 75 aniversario del Palacio Nacional. f) Elaborar un libro con la base documental, bibliográfica, fotográfica e histórica que posee el Palacio Nacional. g) Preparar los actos conmemorativos y protocolares del 75 aniversario

ARTÍCULO 3. Dicha comisión queda integrada de la siguiente manera:

  1. El ministro administrativo de la Presidencia, quien la presidirá. 2. El viceministro de Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura, quien fungirá como primer director. 3. El director nacional de Patrimonio Monumental, quien fungirá como segundo director. 4. El director de ingeniería y servicios generales del Ministerio Administrativo de la Presidencia, quien fungirá como coordinador de ingeniería, tecnologías y servicios. 5. Sergio Samuel Cross Rivera, en calidad de coordinador general. 6. El director ejecutivo del Gabinete del Sector Construcción del Poder Ejecutivo, en calidad de consultor especial. 7. Eugenio Pérez Montás, en calidad de asesor especial. 8. María Amalia León de Jorge, en calidad de asesora especial. 9. César Iván Feris Iglesias, en calidad de asesor especial.

PÁRRAFO. El ministro administrativo de la Presidencia podrá ampliar e incluir miembros adicionales a la comisión, siempre y cuando ejerzan roles que concreten su misión.

ARTÍCULO 4. La comisión deberá terminar la primera etapa de los trabajos que le han sido encomendados mediante el presente decreto antes del 28 de agosto de 2022, fecha en la cual culminarán los actos conmemorativos del 75 aniversario del Palacio Nacional.

ARTÍCULO 5. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y ejecución.

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DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de febrero del año dos mil veintiuno (2021), año 177 de la Independencia y año 158 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.