Decreto núm. 041-2021¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 041
- Año: 2021
- Título detectado: que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 11008 del 1 de febrero de 2021
- Fecha: 22/01/2021
- Gaceta oficial: 11008
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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7931e41af9c86be2468160f64a84d5d5c73bc8bb5d4f4049e3aa52d62f0fdb5b - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No.41-21 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 11008 del 1 de febrero de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 41-21
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral asegura no haber recibido, dentro del plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados.
VISTA: Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1. Se autoriza a cambiar el nombre a las personas que se detallan a continuación:
- Génesis Ester Portes Rijo por el de RUT ESTER PORTES RIJO. 2. Eufemia Medina Acosta por el de MERLIN EUFEMIA MEDINA ACOSTA. 3. José Alberto Ortiz Pichardo por el de JOAP ALBERTO ORTIZ PICHARDO. 4. Josefina Maridalia Pujols Báez por el de MARIDALIA PUJOLS BÁEZ. 5. Denny Isabel Rodríguez Batista por el de DENYSE RODRIGUEZ BATISTA. 6. Heriberta del Rosario Caba Estévez por el de ROSARIO NOELIA CABA ESTÉVEZ. 7. Suardi Estalin Doné Álvarez por el de SUARDI DOÑÉ ÁLVAREZ. 8. Antonio Duarte Martínez por el de ELIDO DUARTE MARTÍNEZ.
Artículo 2. Envíese a la Junta Central Electoral para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de enero del año dos mil veintiuno (2021); año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.