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Decreto núm. 722-2020

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Dec. No. 722-20 que designa a Pedro Pablo Acevedo, presidente del Consejo Nacional de Discapacidad. G. O. No. 11002 del 23 de diciembre de 2020.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 722-20

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CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con los artículos 39 y 52 de la Ley núm. 5-13, sobre Discapacidad en la República Dominicana, del 15 de enero de 2013, es atribución del Directorio Nacional del Consejo Nacional de la Discapacidad (CONADIS) sugerir una terna al presidente de la República para la elección del presidente de dicho consejo.

CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de las disposiciones citadas, el Directorio Nacional del CONADIS, reunido en Asamblea Extraordinaria celebrada el 5 de noviembre de 2020, emitió una resolución en la que aprueba la tema compuesta por Guillermo E. Álvarez García Godoy, Cristina Antonia Francisco Reyes y Pedro Pablo Acevedo para la elección del presidente del CONADIS.

CONSIDERANDO: Que, de la terna de referencia el Poder Ejecutivo elegirá el presidente del CONADIS, con base en sus conocimientos y experiencia en el sector de la discapacidad.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.

VISTA: La Ley núm. 5-13, sobre Discapacidad en la República Dominicana, del 15 de enero de 2013.

VISTA: La comunicación núm. PR-IN-2020-2I745 del 7 de diciembre de 2020, enviada por el viceministro de Relaciones con la Sociedad Civil, Alberto Atilio Rodríguez Mella, en calidad de presidente ad-hoc de la Asamblea General Extraordinaria del CONADIS, mediante la cual se remite la primera asamblea extraordinaria.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República dicto el siguiente

D E C R E T O:

ARTÍCULO 1. Pedro Pablo Acevedo queda designado presidente del Consejo Nacional de Discapacidad (CONADIS).

ARTÍCULO 2. Envíese al Consejo Nacional de Discapacidad (CONADIS) para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los (21) días del mes de diciembre del año dos mil veinte (2020); año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.