Decreto núm. 708-2020¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 708
- Año: 2020
- Título detectado: que designa a Lourdes Gisela Antonia Victoria-Kruse, Laura Virginia Ramona Faxas Vargas de Jorgesen, Milady Altagracia Cuello Ortiz de Cabral, Michelle Cohén de Friedlander y Wellington Darío Bencosme Castaños, embajadores extraordinarios y plenipotenciarios de la República en el Reino de Suecia, Austria, Ecuador, Canadá y Trinidad y Tobago, respectivamente. G. O. No. 11002 del 23 de diciembre de 2020
- Fecha: 17/12/2020
- Gaceta oficial: 11002
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 708-20 que designa a Lourdes Gisela Antonia Victoria-Kruse, Laura Virginia Ramona Faxas Vargas de Jorgesen, Milady Altagracia Cuello Ortiz de Cabral, Michelle Cohén de Friedlander y Wellington Darío Bencosme Castaños, embajadores extraordinarios y plenipotenciarios de la República en el Reino de Suecia, Austria, Ecuador, Canadá y Trinidad y Tobago, respectivamente. G. O. No. 11002 del 23 de diciembre de 2020.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 708-20
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Lourdes Gisela Antonia Victoria-Kruse queda designada embajadora extraordinaria y plenipotenciaria de la República Dominicana en el Reino de Suecia.
ARTÍCULO 2. Laura Virginia Ramona Faxas Vargas de Jorgesen queda designada embajadora extraordinaria y plenipotenciaria de la República Dominicana en la República de Austria.
ARTÍCULO 3. Milady Altagracia Cuello Ortiz de Cabral queda designada embajadora extraordinaria y plenipotenciaria de la República Dominicana en la República del Ecuador.
ARTÍCULO 4. Michelle Cohén de Friedlander queda designada embajadora extraordinaria y plenipotenciaria de la República Dominicana en Canadá.
ARTÍCULO 5. Wellington Darío Bencosme Castaños queda designado embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en la República de Trinidad y Tobago.
ARTÍCULO 6. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de diciembre del año dos mil veinte (2020); año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
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