Decreto núm. 674-2020¶
Aviso
LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.
Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 674
- Año: 2020
- Título detectado: que dispone la suspensión provisional sin disfrute de sueldo, hasta tanto presenten su declaración jurada de bienes, a varios directores, subdirectores y miembros de consejos de instituciones del Estado. G. O. No. 10997 del 27 de noviembre de 2020
- Fecha: 27/11/2020
- Gaceta oficial: 10997
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3397571&managementType=1
- Descarga oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3397571&managementType=2
- Hash SHA256 del PDF:
8db7387c6b67f13b4c50844be32ba8d24512b5e3890e631cc3e9683e5b9d6f5f - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 674-20 que dispone la suspensión provisional sin disfrute de sueldo, hasta tanto presenten su declaración jurada de bienes, a varios directores, subdirectores y miembros de consejos de instituciones del Estado. G. O. No. 10997 del 27 de noviembre de 2020.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 674-20
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 311-14 que instituye el Sistema Nacional Autorizado y Uniforme de Declaraciones Juradas de Patrimonio de los Funcionarios y Servidores Públicos, de fecha 11 de agosto de 2014, establece que los funcionarios obligados a declarar tienen que presentar, dentro de los treinta (30) días siguientes a su toma de posesión, la declaración jurada de los bienes que constituyen su patrimonio y el de la comunidad conyugal.
CONSIDERANDO: Que es de interés de la presente administración mantener el más estricto apego de sus funcionarios a los principios de ética, transparencia, juridicidad y buena administración.
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley 311-14, que instituye el Sistema Nacional Autorizado y Uniforme de Declaraciones Juradas de Patrimonio de los Funcionarios y Servidores Públicos, del 11 de agosto de 2014.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se dispone la suspensión provisional sin disfrute de sueldo, hasta tanto presenten su declaración jurada de patrimonio, los funcionarios siguientes:
NOMBRE DEL FUNCIONARIO INSTITUCIÓN CARGO OCUPADO DECRETO DE NOMBRAMIENTO 1. Fernando José Viyella Valencia Autoridad Portuaria Dominicana Miembro del Consejo 474-20
Página 2 del PDF¶
- Miguel Ángel Lajara Peña Autoridad Portuaria Dominicana
Miembro del Consejo 392-20 3. Arismendy de Jesús Almonte Bueno Banco Agrícola de la República Dominicana Miembro del Directorio Ejecutivo 361-20 4. Francisco Leonis Fernández Onofre Banco Agrícola de la República Dominicana Miembro del Directorio Ejecutivo 361-20 5. Héctor Radhamés González Medina Banco Agrícola de la República Dominicana Miembro del Directorio Ejecutivo 361-20 6. Persio Cándido Cruz Pichardo Banco Agrícola de la República Dominicana Miembro del Directorio Ejecutivo 361-20 7. Teófilo de Jesús Gómez Rodríguez Comisión Aeroportuaria Miembro de la Comisión Aeroportuaria 416-20 8. Teófilo Sosa Carrión Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Barrial
Miembro Vicepresidente de la Comisión 474-20 9. Francisco Vásquez Consejo de Coordinación de la Zona Especial para el Desarrollo Fronterizo Subdirector 432-20 10. Erodis Fernelis Díaz Díaz Consejo de Coordinación de la Zona Especial para el Desarrollo Fronterizo Director Ejecutivo 413-20 11. José Antonio Sánchez Martínez Consejo Nacional de Fronteras Subdirector 432-20 12. Eriberto José Grullón Acosta Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Moca
Miembro del Consejo de Directores 404-20
Página 3 del PDF¶
- Hugo Alberto Taveras Bautista Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Moca Presidente del Consejo 404-20 14. José Luis Polanco Henríquez Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Moca Miembro del Consejo 404-20 15. Benjamín Reynoso Cabrera Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo
Miembro del Consejo de Directores 450-20 16. Francisco Javier Santoni Fiallo Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo
Miembro del Consejo de Directores 450-20 17. Juan Alberto Durán Álvarez Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Puerto Plata
Miembro del Consejo de Directores 460-20 18. Otto Manuel Gómez Sánchez Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Puerto Plata Presidente de la Corporación 460-20 19. Silvestre Ventura Dirección General de Migración Subdirector 390-20 20. José del Carmen Oviedo Tejada Dirección General de Ordenamiento y Desarrollo Territorial Director General 420-20 21. Leónidas Ceballos Santana Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana Miembro del Consejo de Administración 419-20 22. Máximo Antonio Gómez Peña Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana Miembro del Consejo de Administración 419-20 23. Carlos Espinal Teatro Nacional Eduardo Brito Subdirector General 388-20
Página 4 del PDF¶
- Marcia Margarita Rodríguez Gómez Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre Directora de la zona Ozama Metropolitana 435-20 25. Ángel Darío Ramírez Medina Instituto para el Desarrollo del Suroeste Miembro del Directorio, en representación de la provincia Azua 452-20 26. Antonio Trinidad Ferrera Instituto para el Desarrollo del Suroeste Subdirector 452-20 27. Denny Mauro Olivero Encarnación Instituto para el Desarrollo del Suroeste Miembro del Directorio, en representación de la provincia Elías Piña 452-20 28. Félix Manuel Beltré Instituto para el Desarrollo del Suroeste Subdirector 452-20 29. Francisco Alberto Jiménez Sena Instituto para el Desarrollo del Suroeste Miembro del Directorio, en representación de la provincia Pedernales 452-20 30. Francisco Jiménez Reyes Instituto para el Desarrollo del Suroeste Miembro Presidente del Directorio 452-20 31. Juan Adolfo Familia Beltré Instituto para el Desarrollo del Suroeste Miembro del Directorio, en representación de la provincia San Juan 452-20 32. Máximo Florián Sierra Instituto para el Desarrollo del Suroeste Miembro del Directorio, en representación de la provincia Independencia 452-20
Página 5 del PDF¶
- Menni Lolin Cuevas González Instituto para el Desarrollo del Suroeste Subdirector 452-20 34. Fernando Arturo Ramírez Quiñones Instituto Postal Dominicano Subdirector 432-20 35. Oscar David Reyes Baldwin Instituto Postal Dominicano Subdirector 432-20 36. Yocasta Lara Hernández Servicio Nacional de Salud Subdirectora 450-20
ARTÍCULO 2. Se advierte a los funcionarios descritos en el artículo 1 del presente decreto, que deben cumplir de inmediato con lo dispuesto en la Ley núm. 311-14, del 11 de agosto de 2014.
ARTÍCULO 3. Envíese a la Cámara de Cuentas, a la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, y a las entidades cuyos miembros se enuncian en el artículo 1 del presente decreto, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020), año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.