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Decreto núm. 621-2020

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Dec. No. 621-20 que nombra a Príamo Rafael Ramírez Ubiera e Hilda Patricia de San Martín Polanco Morales, miembros del Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones. Modifica los artículos 1 y 2 del Dec. No. 595-20. G. O. No. 10997 del 27 de noviembre de 2020.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 621-20

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En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente:

D E C R E T O:

ARTÍCULO 1. Se modifica el artículo 1 del Decreto núm. 595-20, del 2 de noviembre de 2020, para que en lo adelante se lea de la manera siguiente:

“ARTÍCULO 1. Príamo Rafael Ramírez Ubiera queda designado miembro del Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), propuesto por las empresas prestadoras de servicios de difusión. Queda derogado el

artículo 2 del decreto núm. 276-16, del 17 de octubre de 2016, mediante el cual se designó a Marcos Peña Rodríguez miembro del Consejo Directivo del INDOTEL a propuesta de las empresas prestadoras de servicios de difusión”.

ARTÍCULO 2. Se modifica el artículo 2 del Decreto núm. 595-20, del 2 de noviembre de 2020, para que en lo adelante se lea de la manera siguiente:

“ARTÍCULO 2. Hilda Patricia De San Martín Polanco Morales queda designada miembro del Consejo Directivo del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), propuesta por las empresas prestadoras de servicios públicos finales de telecomunicaciones. Queda derogado el artículo 1 del decreto núm. 276-16, del 17 de octubre de 2016, mediante el cual se designó a Fabricio Gómez Mazara miembro del Consejo Directivo del INDOTEL a propuesta de las empresas prestadoras de servicios públicos finales de telecomunicaciones”.

ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPYD) y al Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diez (10) del mes de noviembre de dos mil veinte (2020); año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.