Decreto núm. 584-2020¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 584
- Año: 2020
- Título detectado: que deja sin efecto varios artículos de los decretos Nos. 483-20, 558-20, 559-20 y 561-20. Deroga el artículo 3 del Dec. No.317-18. G. O. No. 10994 del 30 de octubre de 2020
- Fecha: 23/10/2020
- Gaceta oficial: 10994
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
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Dec. No. 584-20 que deja sin efecto varios artículos de los decretos Nos. 483-20, 558-20, 559-20 y 561-20. Deroga el artículo 3 del Dec. No.317-18. G. O. No. 10994 del 30 de octubre de 2020.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 584-20
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Queda sin efecto el artículo 20 del Decreto núm. 559-20 del 15 de octubre de 2020.
ARTÍCULO 2. Queda sin efecto el artículo 10 del Decreto núm. 558-20 del 15 de octubre de 2020.
ARTÍCULO 3. Queda sin efecto el artículo 32 del Decreto núm. 559-20 del 15 de octubre de 2020.
ARTÍCULO 4. Queda sin efecto el artículo 19 del Decreto núm. 561-20 del 15 de octubre de 2020.
Página 2 del PDF¶
ARTÍCULO 5. Queda sin efecto el artículo 17 del Decreto núm. 559-20 del 15 de octubre de 2020.
ARTÍCULO 6. Queda sin efecto el artículo 29 del Decreto núm. 559-20 del 15 de octubre de 2020.
ARTÍCULO 7. Queda sin efecto el artículo 46 del Decreto núm. 558-20 del 15 de octubre de 2020.
ARTÍCULO 8. Queda sin efecto el artículo 18 del Decreto núm. 559-20 del 15 de octubre de 2020.
ARTÍCULO 9. Queda sin efecto el artículo 4 del Decreto núm. 558-20 del 15 de octubre de 2020.
ARTÍCULO 10. Queda sin efecto el artículo 14 del Decreto núm. 483-20 del 21 de septiembre de 2020.
ARTÍCULO 11. Queda sin efecto el artículo 5 del Decreto núm. 561-20, del 15 de octubre de 2020.
ARTÍCULO 12. Se deroga el artículo 3 del Decreto núm. 317-18, del 24 de agosto de 2018, que designó a Julio César Núñez Sánchez, vicecónsul en el Consulado de la República Dominicana en Montreal, Canadá.
ARTÍCULO 13. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de octubre del año dos mil veinte (2020); año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.