Decreto núm. 452-2020¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 452
- Año: 2020
- Título detectado: que integra el Directorio del Instituto para el Desarrollo del Suroeste. Nombra a Antonio Trinidad Ferrera, Menni Lolin Cuevas González y Félix Manuel Beltré Diaz, subdirectores de dicho instituto. G. O. No. 10989 del 16 de septiembre de 2020
- Fecha: 08/09/2020
- Gaceta oficial: 10989
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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344d2252912cd476204c7614407e168c3048b025d157e7531cb6087530d95870 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
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Dec. No. 452-20 que integra el Directorio del Instituto para el Desarrollo del Suroeste. Nombra a Antonio Trinidad Ferrera, Menni Lolin Cuevas González y Félix Manuel Beltré Diaz, subdirectores de dicho instituto. G. O. No. 10989 del 16 de septiembre de 2020.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 452-20
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1. Quedan designados miembros del Directorio del Instituto para el Desarrollo del Suroeste (INDESUR):
- Francisco Jiménez Reyes, en representación de la provincia Bahoruco, quien lo presidirá. 2. Máximo Florián Sierra, en representación de la provincia Independencia. 3. Ángel Darío Ramírez Ramírez, en representación de la provincia Azua. 4. Manuel Antonio Medina, en representación de la provincia Barahona. 5. Francisco Alberto Jiménez Sena, en representación de la provincia Pedernales. 6. Juan Adolfo Familia Beltré, en representación de la provincia San Juan. 7. Denny Mauro Olivero Encarnación, en representación de la provincia Elías Piña.
Artículo 2. Antonio Trinidad Ferrera queda designado subdirector del Instituto para el Desarrollo del Suroeste (INDESUR).
Artículo 3. Menni Lolin Cuevas González queda designado subdirector del Instituto para el Desarrollo del Suroeste (INDESUR).
Artículo 4. Félix Manuel Beltré Díaz queda designado subdirector del Instituto para el Desarrollo del Suroeste (INDESUR).
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Artículo 5. Envíese al Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD) y al Instituto para el Desarrollo del Suroeste (INDESUR) para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de septiembre del año dos mil veinte (2020); año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.