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Decreto núm. 405-2020

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Dec. No. 405-20 que nombra a Carlos Alfredo Fondeur Victoria, presidente de la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago y de su Consejo de Directores. Designa a Bernardo Augusto Luciano Pichardo y Gilberto Antonio Fernández Núñez, miembros del Consejo de Directores, y a Andrés Bienvenido Burgos López, director general de la citada corporación. G. O. No. 10986 del 1 de septiembre de 2020.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 405-20

CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el artículo 7 de la Ley núm. 582, que crea la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago (CORAASAN), del 4 de abril de 1977, modificado por la Ley núm. 328-98, corresponde al Poder Ejecutivo designar al presidente de esta institución, quien también presidirá su Consejo de Directores, así como a dos de los miembros de dicho consejo, quienes deberán ser munícipes de Santiago de reconocida solvencia moral y dedicación a las actividades de interés social.

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.

VISTA: La Ley núm. 582, que crea la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago (CORAASAN), del 4 de abril de 1977, modificada por la Ley núm. 328-98.

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

D E C R E T O:

Artículo 1. Carlos Alfredo Fondeur Victoria queda designado presidente de la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago (CORAASAN) y de su Consejo de Directores.

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Artículo 2. Bernardo Augusto Luciano Pichardo queda designado miembro del Consejo de Directores de la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago (CORAASAN).

Artículo 3. Gilberto Antonio Fernández Núñez queda designado miembro del Consejo de Directores de la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago (CORAASAN).

Artículo 4. Andrés Bienvenido Burgos López queda designado director general de la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago (CORAASAN).

Artículo 5. Envíese a la Corporación del Acueducto y Alcantarillado de Santiago (CORAASAN) para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintisiete (27) días del mes de agosto del año dos mil veinte (2020), año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.