Decreto núm. 369-2020¶
Aviso
LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.
Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 369
- Año: 2020
- Título detectado: que deja sin efecto los nombramientos de seis (6) subadministradores del Banco Agrícola de la República Dominicana y deroga los decretos que nombraron anteriores incumbentes. G. O. No. 10986 del 1 de septiembre de 2020
- Fecha: 20/08/2020
- Gaceta oficial: 10986
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3396165&managementType=1
- Descarga oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3396165&managementType=2
- Hash SHA256 del PDF:
d5d6f3b500be77d6f631cefc2f788b5124437f781e3729402d5871f31f797992 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 369-20 que deja sin efecto los nombramientos de seis (6) subadministradores del Banco Agrícola de la República Dominicana y deroga los decretos que nombraron anteriores incumbentes. G. O. No. 10986 del 1 de septiembre de 2020.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 369-20
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se deroga el artículo 5 del Decreto núm. 497-12 del 21 de agosto de 2012, que designó a Rafael Matías Medina González como subadministrador general del Banco Agrícola de la República Dominicana.
Página 2 del PDF¶
Artículo 2.- Se deroga el artículo 2 del Decreto núm. 219-18 del 14 de junio de 2018, que designó a Rafael Orlando Moreno Reyna como subadministrador del Banco Agrícola de la República Dominicana.
Artículo 3.- Se deroga el artículo 14 del Decreto núm. 562-12 del 7 de septiembre de 2012, que designó a Mario Ferreiras Calderón como subadministrador del Banco Agrícola de la República Dominicana.
Artículo 4.- Se deroga el artículo 1 del Decreto núm. 515-07 del 31 de agosto de 2007, que designó a Ramón Esteban Gómez Hidalgo como subadministrador del Banco Agrícola de la República Dominicana.
Artículo 5.- Se deroga el artículo 3 del Decreto núm. 219-18 del 14 de junio de 2018, que designó a Eduard José Camilo Pantaleón como subadministrador del Banco Agrícola de la República Dominicana.
Artículo 6.- Se deroga el artículo 9 del Decreto núm. 392-08 del 25 de agosto de 2008, que designó a Félix Manuel Rodríguez Brito como subadministrador del Banco Agrícola de la República Dominicana.
Artículo 7.- Envíese al Banco Agrícola de la República Dominicana para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de agosto del año dos mil veinte (2020), año 177 de la Independencia y 158 de ¡a Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.