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Decreto núm. 362-2020

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Dec. No. 362-20 que deroga varios decretos que nombraron una consejera y embajadores extraordinarios y plenipotenciarios y embajadores alternos de la República en el exterior. G. O. No. 10986 del 1 de septiembre de 2020.

LUIS ABINADER

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 362-20

En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128, numeral 1, literal b, de la Constitución de la República, dicto el siguiente:

D E C R E T O:

Artículo 1.- Se deroga el artículo 3 del decreto No. 55-19, del 7 de febrero del 2019, mediante el cual designó a Esther Mirelys Minyety como consejera de la Embajada de la República Dominicana en la República Arabe de Egipto.

Artículo 2.- Se deroga el artículo 1 del decreto No. 418-18, del 13 de noviembre del 2018, mediante el cual designó a Elías Rafael Serulle Tavárez como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana en la República de Turquía.

Artículo 3.- Se deroga el artículo 2 del decreto No. 418-18, del 13 de noviembre del 2018, mediante el cual designó a Maybe Sánchez como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República Dominicana en la República Federal de Alemania.

Artículo 4.- Se deroga el artículo 1 del decreto No. 89-20, del 4 de marzo de 2020, mediante el cual designó a Víctor Manuel Grimaldi Céspedes como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana ante el Reino de Suecia.

Artículo 5.- Se deroga el artículo 1 del decreto No. 344-18, del 18 de septiembre del 2018, mediante el cual designó a Humberto Salazar como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana en la República de Corea.

Artículo 6.- Se deroga el artículo 1 del decreto No. 02-20, del 10 de enero del 2020, mediante el cual designó a Bolívar Israel Marte Núñez como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana en la República de Cuba.

Artículo 7.- Se deroga el artículo 1 del decreto No. 81 -19, del 08 de marzo del 2019, mediante el cual designó al mayor general (R) José Miguel Soto Jiménez como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana ante el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos.

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Artículo 8.- Se deroga el artículo 1 del decreto No. 215-17, del 26 de junio del 2017, mediante el cual designó a Marino Beriguete como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana en la República de Honduras.

Artículo 9.- Se deroga el artículo 1 del decreto No. 427-17, del 29 de noviembre del 2017, mediante el cual designó a John Newton Guiliani Valenzuela como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana en el Estado de Israel.

Artículo 10.- Se deroga el artículo 1 del decreto No. 165-13, del 12 de junio del 2013, mediante el cual designó a Héctor Paulino Domínguez Rodríguez como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana ante el Gobierno del Japón.

Artículo 11.- Se deroga el artículo 1 del decreto No. 90-20, del 04 de marzo del 2020, mediante el cual designó a Fausto Marino Mendoza Rodríguez como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana en la República de Panamá.

Artículo 12.- Se deroga el artículo 1 del decreto No. 247-17, del 21 de julio del 2017, mediante el cual designó a Daniel Guerrero como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana en la República de Perú.

Artículo 13.- Se deroga el artículo 1 del decreto No. 187-17, del 23 de mayo del 2017, mediante el cual designó a José Manuel Castillo Betances como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana en la Federación de Rusia.

Artículo 14.- Se deroga el artículo 4 del decreto No. 434-18. del 30 de noviembre del 2018, mediante el cual designó a José del Carmen Ureña como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana en la República de Ecuador.

Artículo 15.- Se deroga el artículo 1 del decreto No. 82-18, del 20 de febrero del 2018, mediante el cual designó a Mildred Guzmán Madera como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República Dominicana en la República Bolivariana de Venezuela.

Artículo 16.- Se deroga el artículo 1 del decreto No. 83-18, del 20 de febrero del 2018, mediante el cual designó a Luis Lithgow como Embajador Alterno de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la Organización de las Naciones Unidas.

Artículo 17.- Se deroga el artículo 2 del decreto No. 389-13, del 31 de diciembre del 2013, mediante el cual designó a Emiliano Pérez Espinosa como Embajador Alterno de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la Organización de las Naciones Unidas.

Artículo 18.- Se deroga el artículo 7 del decreto No. 74-18, del 19 de febrero del 2018, mediante el cual designó a Germán Emilio de León Rodríguez como Embajador Alterno de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la Organización de las Naciones Unidas.

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Artículo 19.- Se deroga el artículo 7 del decreto No. 172-16, del 23 de junio del 2016, mediante el cual designó a William David Estévez Cruz como Embajador Alterno de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la Organización de las Naciones Unidas.

Artículo 20.- Se deroga el artículo 17 del decreto No. 2-09, del 07 de enero del 2009, mediante el cual designó a Marcos Montilla como Embajador Alterno de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la Organización de las Naciones Unidas.

Artículo 21.- Se deroga el artículo 1 del decreto No. 239-10, del 27 de abril del 2010, mediante el cual designó a Elío Pacífico Di Criscio como Embajador Alterno de la Misión Permanente de la República Dominicana ante la Organización de las Naciones Unidas y otras Organizaciones Internacionales con sede en Ginebra, Suiza.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de agosto del año dos mil veinte (2020), año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración.

LUIS ABINADER

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.