Decreto núm. 352-2020¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 352
- Año: 2020
- Título detectado: que designa tres (3) viceministros y tres (3) asesores en el Ministerio de Turismo. Deroga los artículos 1, 2, 3 y 6 del Dec. No. 532-12 y los artículos 9 y 10 del
- Fecha: 17/08/2020
- Gaceta oficial: 10986
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
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Dec. No. 352-20 que designa tres (3) viceministros y tres (3) asesores en el Ministerio de Turismo. Deroga los artículos 1, 2, 3 y 6 del Dec. No. 532-12 y los artículos 9 y 10 del
Dec. No. 333-14. G. O. No. 10986 del 1 de septiembre de 2020.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 352-20
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128. numeral 1, literal b, de la Constitución de la República, dicto el siguiente:
D E C R E T O:
Artículo 1.- Jacqueline Mora Báez queda designada viceministra Técnica del Ministerio de Turismo.
Artículo 2.- Patricia Tania Mejia Paredes de Rannik queda designada viceministra de Gestión de Destinos Turísticos del Ministerio de Turismo.
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Artículo 3.- Yaneris Inmaculada Then Medina queda designada viceministra Administrativa del Ministerio de Turismo.
Artículo 4.- Francisco Roberto de Jesús Henríquez Pereyra queda designado asesor del Ministerio de Turismo encargado de Calidad de Servicios Turísticos.
Artículo 5.- Tammy Mercedes Reynoso Vargas queda designada asesora del Ministerio de Turismo encargada de Fomento Turístico.
Artículo 6.- Carlos Andrés Peguero Rivera queda designado asesor del Ministerio de Turismo encargado de Cooperación Internacional.
Artículo 7.- Se derogan los artículos 1, 2, 3 y 6 del Decreto No. 532-12, de fecha 15 de septiembre de 2012, mediante los cuales se designaron a Radhamés Martínez Aponte, Ramón Cruz Diloné, Fausto Rafael Fernández y Marcia Patria Isa.
Artículo 8.- Se derogan los artículos 9 y 10 del Decreto No. 333-14, de fecha 23 de septiembre de 2014. mediante los cuales se designaron a Julio Almonte y Franklin Mayrení Castillo.
Artículo 9.- Envíese al Ministerio de Turismo para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de agosto del año dos mil veinte (2020), año 177 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.