Decreto núm. 273-2020¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 273
- Año: 2020
- Título detectado: que deja sin efecto nombramientos de funcionarios en distintas dependencias del Estado, así como de un secretario de Estado sin Cartera y de asesores del Poder Ejecutivo. G. O. No. 10980 del 28 de julio de 2020. DANILO MEDINA
- Fecha: 22/07/2020
- Gaceta oficial: 10980
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
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Dec. No. 273-20 que deja sin efecto nombramientos de funcionarios en distintas dependencias del Estado, así como de un secretario de Estado sin Cartera y de asesores del Poder Ejecutivo. G. O. No. 10980 del 28 de julio de 2020. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 273-20 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 1394-04, del 27 de octubre de 2004, mediante el cual fue designado el señor Porfirio Peña Cepeda como director ejecutivo del Consejo Provincial de Desarrollo de la provincia de San Pedro de Macorís.
ARTÍCULO 2. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 341-05, del 16 de junio de 2005, mediante el cual fue designado el señor David Enrique Olivero Segura como vicepresidente de la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial para la región sur del país.
ARTÍCULO 3. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 63-16, del 29 de febrero de 2016, mediante el cual fue designado el señor Nicolás Angustia como enlace del Poder Ejecutivo y la comunidad cristiana para el territorio de Estados Unidos de América con asiento oficial en el Estado de Nueva York.
ARTÍCULO 4. Queda derogado el artículo 6 del Decreto núm. 341-08, del 20 de agosto de 2008, mediante el cual fue designada la señora Gilma Haideé del Rosario Beras de Jacobo como subsecretaria administrativa de la Presidencia, encargada del Plan Social en El Seibo.
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ARTÍCULO 5. Queda derogado el Decreto núm. 419-09, del 30 de mayo de 2009, mediante el cual fue designado el Ing. Ángel Leonardo Mercedes Matos como asesor de la Presidencia de la República en recursos hidrológicos.
ARTÍCULO 6. Queda derogado el artículo 9 del Decreto núm. 83-18, del 20 de febrero de 2018, mediante el cual fue designado el señor José Ramón González Pérez como asesor comercial del Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO 7. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 80-18, del 19 de febrero de 2018, mediante el cual fue designado el Dr. Domingo Enrique Martínez Reyes como asesor en desarrollo territorial del Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO 8. Queda derogado el Decreto núm. 338-19, del 26 de septiembre de 2019, mediante el cual fue designado el señor Jaime Alexis Merán Ramón como asesor del Poder Ejecutivo en materia de deporte para la región sur.
ARTÍCULO 9. Queda derogado el Decreto núm. 459-07, del 21 de agosto de 2007, mediante el cual fue designado el Dr. Ramón Nelson Didiez Nadal como secretario de Estado sin cartera.
ARTÍCULO 10. Queda derogado el artículo 9 del Decreto núm. 203-16, del 16 de agosto de 2016, mediante el cual fue designado el Dr. José Joaquín Bidó Medina como asistente especial de la Presidencia de la República.
ARTÍCULO 11. Queda derogado el artículo 25 del Decreto núm. 246-16, del 14 de septiembre de 2016, mediante el cual fue designado el señor Odalis Antonio Araujo Delgado como enlace del Poder Ejecutivo y los ayuntamientos.
ARTÍCULO 12. Queda derogado el artículo 3 del Decreto núm. 173-11, del 18 de marzo de 2011, mediante el cual fue designado el señor Clodomiro de Jesús Chávez Tineo como enlace entre el Poder Ejecutivo y el Congreso Nacional, con rango de secretario de Estado.
ARTÍCULO 13. Queda derogado el artículo 12 del Decreto núm. 535-08, del 12 de septiembre de 2008, mediante el cual fue designada la señora Ana Verónica Antonia Morel Vásquez como delegada del Poder Ejecutivo en la presa de Guaigui, y su modificación.
ARTÍCULO 14. Envíese al Ministerio Administrativo de la Presidencia para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de julio del año dos mil veinte (2020); año 177 de la Independencia y 157 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.