Decreto núm. 177-2020¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 177
- Año: 2020
- Título detectado: que excluye de la expropiación efectuada mediante el numeral 6, del
- Fecha: 28/05/2020
- Gaceta oficial: 10976
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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a7719a3bd2c6fc6634ad6c5c486e22bd23b85001a26f87d71e01ff2bb45afaa2 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 177-20 que excluye de la expropiación efectuada mediante el numeral 6, del
artículo 1 del Decreto No. 209-18, dos porciones de terrenos en Santo Domingo, propiedad de la señora Olga María Moscoso Rosario, las cuales fueron destinadas a edificaciones escolares. G. O. No. 10976 del 2 de junio de 2020. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 177-20
VISTO: El Decreto núm. 209-18, del 29 de mayo de 2018, que declara de utilidad pública e interés social la adquisición, por parte del Estado dominicano, de varias porciones de terrenos ubicadas en distintos municipios del país, para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares.
VISTA: La Ley núm. 344 y sus modificaciones, que establece un Procedimiento Especial para las expropiaciones intentadas por el Estado, del 29 de julio de 1943. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente Parcela Superficie m2 Municipio Provincia 2519 438,050.84 Neyba Bahoruco
Página 2 del PDF¶
_____________ D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Se excluye de la expropiación efectuada mediante el numeral 6 del artículo 1 de decreto núm. 209-18, del 29 de mayo de 2018, las porciones de terrenos que se detallan a continuación: Designación Catastral Superficie Provincia Propietaria 400591460513 174.00 m2 Santo Domingo Olga María Moscoso Rosario 400591464157 190.00 m2 Santo Domingo Olga María Moscoso Rosario
ARTÍCULO 2. Envíese al registrador de títulos de Santo Domingo y al Ministerio de Educación para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticinco (28) días del mes de mayo del año dos mil veinte (2020); año 177 de la Independencia y 157 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.