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Decreto núm. 138-2020

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Dec. No. 138-20 que dispone la extensión del horario del toque de queda de 5:00 p.m. a 6:00 a.m. establecido para todo el territorio nacional en virtud del Dec. No. 135-20, a partir del viernes 27 de marzo 2020 hasta viernes 3 abril del año en curso. G. O. No. 10975 del 30 de abril de 2020. DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

Número: 138-20

VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.

VISTA: La Ley núm. 21-18, sobre regulación de los Estados de Excepción contemplados por la Constitución de la República Dominicana, del 25 de mayo de 2018.

VISTA: La Resolución núm. 62-20, que autoriza al presidente de la República a declarar el estado de emergencia en todo el territorio nacional de la República Dominicana, del 19 de marzo de 2020.

VISTO: El Decreto núm. 134-20, mediante el cual el presidente de la República declara el estado de emergencia en todo el territorio nacional de la República Dominicana, del 19 de marzo de 2020.

VISTO: El Decreto núm. 135-20, del 20 de marzo de 2020, que establece un toque de queda en todo el territorio nacional por un plazo de quince (15) días.

VISTO: El Decreto núm. 136-20, del 23 de marzo de 2020, que modifica el artículo 2 del Decreto núm. 135-20 del 20 de marzo de 2020. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República dicto el siguiente

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_____________ D E C R E T O:

ARTÍCULO 1. Se dispone la extensión del horario del toque de queda, establecido para todo el territorio nacional en el Decreto núm. 135-20, del 20 de marzo de 2020, de 5:00 p.m. a 6:00 a.m. a partir del viernes 27 de marzo hasta el viernes 3 de abril del año en curso.

ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Defensa, al Ministerio de Interior y Policía y a la Policía Nacional para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de marzo del año dos mil veinte (2020); año 177 de la Independencia y 157 de la Restauración. DANILO MEDINA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.