Decreto núm. 116-2020¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 116
- Año: 2020
- Título detectado: que modifica el numeral 3 del artículo 1 del Dec. No. 41-15. Declara de utilidad pública la parcela No. 208880271616, ubicada en Bohechio, provincia San Juan, para ser destinada a la construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 10974 del 16 de marzo de 2020. DANILO MEDINA
- Fecha: 11/03/2020
- Gaceta oficial: 10974
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3395683&managementType=1
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- Hash SHA256 del PDF:
6a56979142ba6723c790bc1241500d0616e06f7db6d07d7b5505c7956b54d1f0 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 116-20 que modifica el numeral 3 del artículo 1 del Dec. No. 41-15. Declara de utilidad pública la parcela No. 208880271616, ubicada en Bohechio, provincia San Juan, para ser destinada a la construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 10974 del 16 de marzo de 2020. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 116-20
VISTA: La Ley núm. 344, del 29 de julio de 1943, sobre Procedimiento de Expropiación, y sus modificaciones. En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se modifica el numeral 3 del artículo 1 del decreto núm. 41-15, del 5 de marzo de 2015, para que se lea de la manera siguiente: Parcela Superficie m2 Municipio Provincia 204447129630 11,859.63 Neyba Bahoruco 204447213894 4,123.17
Página 2 del PDF¶
_____________ La parcela núm. 208880271616, con una extensión superficial de 4,395.00 m2, ubicada en el municipio Bohechío, provincia San Juan de la Maguana, amparada en el certificado de título matrícula núm. 2000012701, emitido a favor del Estado dominicano por el registrador de títulos de San Juan de la Maguana.
Artículo 2. Envíese al director general de Bienes Nacionales, al abogado del Estado, al registrador de títulos de San Juan de la Maguana y al Ministerio de Educación para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de marzo del año dos mil veinte (2020), año 177 de la Independencia y 157 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.