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Decreto núm. 079-2020

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Dec. No.79-20 que deja sin efecto nombramientos de consejeros, agregados, ministros consejeros, secretarios y auxiliares de embajadas, y adscritos al Ministerio de Relaciones Exteriores, así como varios vicecónsules y un embajador alterno en la Misión Permanente de la República Dominicana ante la Organización Estados Americanos. G. O. No. 10971 del 14 de febrero de 2020. DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 79-20 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente D E C R E T O:

ARTÍCULO 1. Queda derogado el artículo 4 del Decreto núm. 139-12, del 22 de marzo de 2012, mediante el cual fue designado el señor Dante Alfonso Méndez como consejero en la Embajada de la República Dominicana en Nicaragua.

ARTÍCULO 2. Queda derogado el artículo 3 del Decreto núm. 697-08, del 27 de octubre de 2008, mediante el cual fue designado el señor Javier G. Yarull Ruiz como agregado cultural en la Embajada de la República Dominicana en Portugal.

ARTÍCULO 3. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 382-11, del 13 de junio de 2011, mediante el cual fue designado el señor Gilberto López Adrián como ministro consejero en la Embajada de la República Dominicana en Costa Rica.

ARTÍCULO 4. Queda derogado el artículo 4 del Decreto núm. 648-08, del 17 de octubre de 2008, mediante el cual fue designado el señor Juan Danilo Tejeda Crispín como consejero en la Embajada de la República Dominicana en Nicaragua.

ARTÍCULO 5. Queda derogado el Decreto núm. 133-08, del 19 de marzo de 2008, mediante el cual fue designado el señor Luis Rafael Navarro Martínez como ministro consejero en la Embajada de la República Dominicana en Guatemala.

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ARTÍCULO 6. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 1572-04, del 16 de diciembre de 2004, mediante el cual fue designado el señor Cándido A. Rodríguez Peña como consejero en la Embajada de la República Dominicana en Brasil.

ARTÍCULO 7. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 376-10, del 26 de julio de 2010, mediante el cual fue designada la señora Anaibel Miguelina Novas Alcántara como consejera en la Embajada de la República Dominicana en Brasil.

ARTÍCULO 8. Queda derogado el artículo 13 del Decreto núm. 3-09 del 7 de enero de 2009, donde fue designado el señor César Alfonso Rivera Santana como tercer secretario en la Embajada de la República Dominicana en Brasil.

ARTÍCULO 9. Queda derogado el artículo 8 del Decreto núm. 90-05, del 10 de febrero de 2005, modificado por el artículo 2 del Decreto núm. 360-05, del 16 de junio de 2005, mediante el cual fue designada la señora Odanis H. Reyes Díaz como segunda secretaria en la Embajada de la República Dominicana en Canadá.

ARTÍCULO 10. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 195-11, del 24 de marzo de 2011, mediante el cual fue designada la señora Mercedes Ironelis Rodríguez Batista como tercera secretaria en la Embajada de la República Dominicana en Colombia.

ARTÍCULO 11. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 816-09, del 7 de noviembre de 2009, mediante el cual fue designado el señor Víctor Guarionex Cuevas como consejero en la Embajada de la República Dominicana en el Reino de los Países Bajos.

ARTÍCULO 12. Queda derogado el artículo 19 del Decreto núm. 6-09, del 7 de enero de 2009, mediante el cual fue designado el señor Geraldo de Jesús Guzmán como auxiliar en el Consulado de la República Dominicana en Atenas, Grecia.

ARTÍCULO 13. Queda derogado el artículo 5 del Decreto núm. 710-08, del 29 de octubre de 2008, mediante el cual fue designado el señor Héctor Pérez Heredia como consejero en la Embajada de la República Dominicana en Jamaica.

ARTÍCULO 14. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 136-12, del 22 de marzo de 2012, mediante el cual fue designado el señor Wilfredo de Jesús Chávez Tineo como segundo secretario en la Embajada de la República Dominicana en Portugal.

ARTÍCULO 15. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 541-09, del 24 de julio de 2009, mediante el cual fue designada la señora Maricecily Mora Ramis como ministra consejera en la Embajada de la República Dominicana en Portugal.

ARTÍCULO 16. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 541-09, del 24 de julio de 2009, mediante el cual fue designado el señor Rafael Sánchez Capellán como ministro consejero en la Embajada de la República Dominicana en España.

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ARTÍCULO 17. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 296-09, del 9 de abril de 2009, mediante el cual fue designada la señora Maritza Isabel Bello Martínez como consejera en la Embajada de la República Dominicana en Chile.

ARTÍCULO 18. Queda derogado el Decreto núm. 763-09, del 13 de octubre de 2009, mediante el cual fue designado el señor Pedro Antonio Blanco Peralta como tercer secretario en la Embajada de la República Dominicana en el Reino Unido.

ARTÍCULO 19. Queda derogado el Decreto núm. 204-06, del 5 de mayo de 2006, mediante el cual fue designada la señora Celeste Elupina Tirado Rijo como consejera en la Embajada de la República Dominicana en México.

ARTÍCULO 20. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 151-05, del 21 de marzo de 2005, mediante el cual fue designada la señora Idelis Margarita Nuñez Santana como tercera secretaria en la Embajada de la República Dominicana en México.

ARTÍCULO 21. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 80-09, del 4 de febrero de 2009, mediante el cual fue designado el señor Alexis Gómez como consejero en la Embajada de la República Dominicana en Uruguay.

ARTÍCULO 22. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 187-09, del 10 de marzo de 2009, mediante el cual fue designado el señor Ruddy Guillermo Santana Silvestre como embajador alterno en la Misión Permanente de la República Dominicana ante la Organización de Estados Americanos (OEA).

ARTÍCULO 23. Queda derogado el Decreto núm. 545-06, del 21 de noviembre de 2006, mediante el cual fue designada la señora Raquel Herrera Pérez como ministra consejera en la Embajada de la República Dominicana en Haití.

ARTÍCULO 24. Queda derogado el artículo 4 del Decreto núm. 14-08, del 16 de enero de 2008, mediante el cual fue designado el señor Nelson Mercedes Hilario como consejero en la Embajada de la República Dominicana en Haití.

ARTÍCULO 25. Queda derogado el artículo 14 del Decreto núm. 459-10, del 19 de agosto de 2010, mediante el cual fue designado el señor Fermín Antonio Bautista Llenas como consejero en la Embajada de la República Dominicana en Ecuador.

ARTÍCULO 26. Queda derogado el artículo 2 del Decreto núm. 848-09, del 17 de noviembre de 2009, mediante el cual fue designada la señora Magnolia Corcino de Suazo como segunda secretaria en la Embajada de la República Dominicana en Ecuador.

ARTÍCULO 27. Queda derogado el Decreto núm. 719-10, del 29 de diciembre de 2010, mediante el cual fue designado el señor Herfido Ferreira Sans como consejero en la Embajada de la República Dominicana en Chile.

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ARTÍCULO 28. Queda derogado el artículo 8 del Decreto núm. 1426-04, del 3 de noviembre de 2004, mediante el cual fue designado el señor Héctor Julio Frías como tercer secretario adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores

ARTÍCULO 29. Queda derogado el Decreto núm. 10-14, del 30 de enero de 2014, mediante el cual fue designada la señora Juana Antonia Sánchez como consejera en la Embajada de la República Dominicana en Estados Unidos de América.

ARTÍCULO 30. Queda derogado el Decreto núm. 135-05, del 28 de febrero de 2005, mediante el cual fue designado el señor Demetrio Antonio Almonte Fernández como agregado agrícola en la Embajada de la República Dominicana en Estados Unidos de América.

ARTÍCULO 31. Queda derogado el artículo 9 del Decreto núm. 181-09 del 10 de marzo de 2009, modificado por el Decreto núm. 547-09, del 29 de julio de 2009, mediante el cual fue designada la señora Antolina Disla García como auxiliar en el Consulado de la República Dominicana en Amberes, Bélgica.

ARTÍCULO 32. Queda derogado el artículo 3 del Decreto núm. 617-11, del 14 de octubre de 2011, mediante el cual fue designado el señor Prince Antonio Noguera Gil como vicecónsul en el Consulado de la República Dominicana en Aruba.

ARTÍCULO 33. Queda derogado el artículo 18 del Decreto núm. 6-09, del 7 de enero de 2009, mediante el cual fue designado el señor Ramón Heriberto Pichardo como auxiliar en el Consulado de la República Dominicana en Atenas, Grecia.

ARTÍCULO 34. Queda derogado el Decreto núm. 132-11, del 5 de marzo de 2011, modificado por el artículo 1 del Decreto núm. 196-11, del 24 de marzo de 2011, mediante el cual fue designada la señora Leony Esmeralda Croes como vicecónsul en el Consulado de la República Dominicana en Aruba.

ARTÍCULO 35. Queda derogado el artículo 26 del Decreto núm. 6-09 , del 7 de enero de 2009, mediante el cual fue designado el señor Guarionex Sánchez como vicecónsul en el Consulado de la República Dominicana en Aruba

ARTÍCULO 36. Queda derogado el artículo 23 del Decreto núm. 2-09, del 7 de enero de 2009, modificado por el artículo 4 del Decreto núm. 193-09, del 10 de marzo de 2009, mediante el cual fue designado el señor Claudio Manuel Del Carmen Zapata como vicecónsul en el Consulado de la República Dominicana en Aruba.

ARTÍCULO 37. Queda derogado el artículo 8 del Decreto núm. 148-11, del 15 de marzo de 2011, mediante el cual se designó al señor Víctor Manuel Núñez como ministro consejero en la Embajada de la República Dominicana en Japón.

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ARTÍCULO 38. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 189-99, del 4 de mayo de 1999, modificado por el artículo 2 del Decreto núm. 323-99, del 29 de julio del 1999, mediante el cual se designó al señor Víctor Emilio Lama Jaar como vicecónsul en el Consulado de la República Dominicana en Panamá, fallecido.

ARTÍCULO 39. Queda derogado el Decreto núm. 358-11, del 7 de junio de 2011, mediante el cual se designó a la señora Ilonka del Carmen Acosta Coiscou como consejera en la Embajada de la República Dominicana en Honduras.

ARTÍCULO 40. Queda derogado el artículo 7 del Decreto núm. 708-08, del 29 de octubre de 2008, mediante el cual se designó al señor Gregorio Arias Carrasco como consejero en la Embajada de la República Dominicana en Honduras.

ARTÍCULO 41. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de febrero del año dos mil veinte (2020); año 176 de la Independencia y 157 de la Restauración. DANILO MEDINA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
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