Decreto núm. 483-2019¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 483
- Año: 2019
- Título detectado: que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales del Estado dominicano a varias personas. G. O. No. 10967 del 7 de enero de 2020. DANILO MEDINA
- Fecha: 23/12/2019
- Gaceta oficial: 10967
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
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Texto¶
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Dec. No. 483-19 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales del Estado dominicano a varias personas. G. O. No. 10967 del 7 de enero de 2020. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 483-19
VISTO: El artículo 57 de la Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado.
VISTO: El oficio número 1284, del 25 de marzo de 2019, dirigido al presidente de la República por el Director General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial del Estado dominicano a las siguientes personas: Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y electoral Monto 1 Eridania Esperanza Lagombra Espino 001-0192363-9 RD$15,000.00 2 Cantalicia Peláez Raposo 018-0008814-6 RD$15,000.00 3 Élida Taveras Germán 001-0512162-8 RD$10,000.00 4 Rosa Julia Aybar Aybar 001-0766579-6 RD$10,000.00 5 Juana Sosa Durán 001-0551845-0 RD$10,000.00 6 Esperanza Cuevas 019-0008419-3 RD$10,000.00 7 María Delmina Cassó 001-0855532-7 RD$10,000.00 8 Celidoneo de Óleo Lagares 001-0335378-5 RD$10,000.00 9 Lucas Antonio Abreu 001-0470852-4 RD$10,000.00 10 Próspero Presinal Solano 003-0020090-4 RD$10,000.00 11 Sotero Fernández y Polanco 001-0872262-0 RD$10,000.00 12 Cándido Ogando de la Rosa 001-1035307-5 RD$10,000.00 13 Ramírez Vallejo 005-0024241-7 RD$10,000.00
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_____________ 14 José Joaquín Mateo Montero 001-0579115-6 RD$10,000.00 15 Dulce María Félix 001-0349616-2 RD$10,000.00 16 Elba Martínez González 001-0379942-5 RD$10,000.00 17 Cándida Romero de León 001-0900468-9 RD$10,000.00 18 Olga Lidia Rosario Rodríguez 001-0805954-4 RD$10,000.00 19 Quisqueya Rodríguez 001-0572539-4 RD$10,000.00 20 Mayra Violeta Díaz 001-0013344-6 RD$10,000.00 21 María Rodríguez Tavarez 001-0443307-3 RD$10,000.00 22 Herminia Mercedes Vargas Serrata 001-0266225-1 RD$10,000.00 23 Ivelisse del Carmen Cruz 001-0542216-6 RD$10,000.00 24 Andrés Abreu Rodríguez 001-0314586-8 RD$10,000.00 25 Esperanza Jiménez de Aquino 001-0934841-7 RD$10,000.00 26 Juana Isidora Sena 001-0758257-9 RD$10,000.00 27 Antonia Paulino 001-0559087-1 RD$10,000.00 28 Luis Reyes 001-0344072-3 RD$10,000.00 29 Altagracia Ferreras Batista 001-0562437-3 RD$10,000.00 30 Casilda Rodríguez Paulino 054-0099340-7 RD$10,000.00 31 Mercedes Cato 001-0562695-6 RD$10,000.00 32 Francisca Marine Adamez 001-0908645-4 RD$10,000.00 33 Ramona Álvarez 001-0766555-6 RD$10,000.00 34 María de los Ángeles Estrella Reina 001-0445214-9 RD$10,000.00 35 Altagracia Rosario de los Santos 001-0745107-2 RD$10,000.00 36 Feliciana Guerrero 001-0559199-4 RD$10,000.00 37 Ana Magalis Sosa 001-0412032-4 RD$10,000.00 38 Margarita Méndez Batista 001-0639939-7 RD$10,000.00 39 Tomasa Luna Martínez de Hernández 001-0549877-8 RD$10,000.00 40 Rosa Altagracia García Melo 001-0550481-5 RD$10,000.00 41 Zoila Santana Guevarez 018-0008077-0 RD$10,000.00 42 Flora Tavárez 044-0015482-1 RD$10,000.00 43 Ana Mercedes Jiménez 101-0000098-2 RD$10,000.00 44 Elba Mercedes Abreu 031-0122468-5 RD$10,000.00 45 Ana Cecilia Ventura Minaya 034-0037428-0 RD$10,000.00
ARTÍCULO 2. En caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión del Estado, estos podrán optar por la pensión que más le favorezca.
ARTÍCULO 3. Se dispone que el pago de toda pensión otorgada por el Poder Ejecutivo con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado tenga efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión en la nómina de los Jubilados y Pensionados Civiles del Estado ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado del Ministerio de Hacienda.
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PÁRRAFO: La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado tendrá un plazo de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, a partir de la fecha que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de cumplido dicho plazo.
ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Hacienda para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019); año 176 de la Independencia y 157 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.