Decreto núm. 448-2019¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 448
- Año: 2019
- Título detectado: que nombra a los señores Mario Jacobs Hosfor, Yanira Altagracia Agramonte Pérez y Bernardo Jiménez López, subdirectores social, administrativa y encargado de la Consultoría Jurídica del Instituto Nacional de la Vivienda, respectivamente. Deroga los artículos 1, 2 y 3 del Dec. No. 509-12. G. O. No. 10963 del 16 de diciembre de 2019. DANILO MEDINA
- Fecha: 13/12/2019
- Gaceta oficial: 10963
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3395381&managementType=1
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- Hash SHA256 del PDF:
48a63f388e1e20768e1cdeb02906eeb78f24a5adde1e2af2b72cab4202c7f635 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 448-19 que nombra a los señores Mario Jacobs Hosfor, Yanira Altagracia Agramonte Pérez y Bernardo Jiménez López, subdirectores social, administrativa y encargado de la Consultoría Jurídica del Instituto Nacional de la Vivienda, respectivamente. Deroga los artículos 1, 2 y 3 del Dec. No. 509-12. G. O. No. 10963 del 16 de diciembre de 2019. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 448-19 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. El Dr. Mario Jacobs Hosfor queda designado subdirector social del Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) en sustitución de la Lic. Lidia Margarita Pimentel Báez.
ARTÍCULO 2. La Lic. Yanira Altagracia Agramonte Pérez queda designada subdirectora administrativa del Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) en sustitución del Lic. Víctor Ortiz.
ARTÍCULO 3. El Lic. Bernardo Jiménez López queda designado subdirector y encargado de la Consultoría Jurídica del Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) en sustitución de la Lic. Tilsa Gómez de Ares.
ARTÍCULO 4. Se derogan los artículos 1, 2 y 3 del Decreto núm. 509-12, del 24 de agosto de 2012.
ARTÍCULO 5. Envíese al Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) para su conocimiento y ejecución.
Página 2 del PDF¶
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019); año 176 de la Independencia y 157 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.