Decreto núm. 436-2019¶
Aviso
LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.
Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 436
- Año: 2019
- Título detectado: que nombra a los señores Ygnacio de los Ángeles Franco Moya y Rosanna de la Cruz Escafuller, vicecónsul de la República en Juana Méndez, Haití y consejera de la Embajada de la República en Ecuador, respectivamente. Deroga el
- Fecha: 09/12/2019
- Gaceta oficial: 10963
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3395369&managementType=1
- Descarga oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3395369&managementType=2
- Hash SHA256 del PDF:
96b181e8942e8070ce65858176a8caf7f908b0a5f4d7889d9746fb5b4f95616a - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 436-19 que nombra a los señores Ygnacio de los Ángeles Franco Moya y Rosanna de la Cruz Escafuller, vicecónsul de la República en Juana Méndez, Haití y consejera de la Embajada de la República en Ecuador, respectivamente. Deroga el
artículo 17 del Dec. No. 591-08 y el artículo 1 del Dec. No. 156-10. G. O. No. 10963 del 16 de diciembre de 2019. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 436-19 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. El señor Ygnacio de los Ángeles Franco Moya queda designado vicecónsul en el Consulado de la República Dominicana en Juana Méndez, Haití.
Página 2 del PDF¶
ARTÍCULO 2. La señora Rosanna de la Cruz Escarfuller queda designada consejera en la Embajada de la República Dominicana en la República del Ecuador.
ARTÍCULO 3. Queda derogado el artículo 17 del Decreto núm. 591-08 del 20 de septiembre de 2008.
ARTÍCULO 4. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 156-10 del 19 de marzo de 2010.
ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019); año 176 de la Independencia y 157 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.