Decreto núm. 314-2019¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 314
- Año: 2019
- Título detectado: que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 10953 del 12 de septiembre de 2019. DANILO MEDINA
- Fecha: 03/09/2019
- Gaceta oficial: 10953
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3394064&managementType=1
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970b64e1c095a1195957bc0842748db3804d7312759c9086cfdeb100accf693a - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
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Dec. No. 314-19 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 10953 del 12 de septiembre de 2019. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 314-19
VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
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DECRETO:
Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Federación de Cooperativas de la Región Este (FECOOP-RESTE), con su domicilio en la calle Principal, Los Hatillos del distrito municipal Guayabo Dulce, carretera Hato Mayor, San Pedro de Macorís, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el catorce (14) de julio de dos mil doce (2012).
Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y de Servicios Múltiples Fecaproa (COOPFECAPROA), con su domicilio en la calle José Martí, núm. 10, del sector Pueblo Abajo, municipio Azua, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el veintiocho (28) de mayo de dos mil dieciséis (2016).
Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa Agropecuaria y de Servicios Múltiples Gina Jaragua (COOPGINAJARAGUA), con su domicilio en la sección Gina Jaragua del municipio Higuey, provincia La Altagracia, República Dominicana, cuyos estatutos fueron aprobados en la asamblea general constitutiva celebrada el once (11) de mayo de dos mil diecinueve (2019).
Artículo 4. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve (2019); año 176 de la Independencia y 157 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.