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Decreto núm. 263-2019

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Dec. No. 263-19 que integra nuevamente el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor. Deroga el Dec No. 70-17 del 24 de marzo del año 2017. G. O. No. 10948 del 25 de julio de 2019. DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 263-19

CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Protección de los Derechos de los Consumidores (Pro Consumidor) es una entidad estatal descentralizada, con autonomía funcional, jurisdiccional y financiera, patrimonio propio y personalidad jurídica, integrada por un consejo directivo y una dirección ejecutiva.

CONSIDERANDO: Que los representantes del sector privado y de las organizaciones de defensa de los derechos del consumidor ante el Consejo Directivo de Pro Consumidor son designados por el Poder Ejecutivo a partir de la terna propuesta por las entidades que los representen.

VISTA: La Ley núm. 358-05, General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario, del 9 de septiembre de 2005.

VISTO: El Decreto núm. 236-08, del 30 de mayo de 2008, que crea el Reglamento de Aplicación de la Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente D E C R E T O:

ARTÍCULO 1. El Consejo Directivo del Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor estará integrado, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley núm. 358-05, de la siguiente manera:

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_____________ a) El ministro de Industria y Comercio, quien lo preside. b) El Lic. Henry Santos, en representación del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. c) El Dr. Benito Cruz Peña, en representación del Ministerio de Salud Pública. d) La Lic. Julissa Báez, en representación de las empresas productoras de mercancías. e) La Lic. Flavia Báez Jorge, en representación de las empresas suplidoras de servicios. f) El señor Francisco Domingo Paulino y el señor Rafael Espejo, en representación de las organizaciones de defensa de los derechos de los consumidores.

ARTÍCULO 2. Queda derogado el Decreto núm. 70-17, del 24 de marzo de 2017, que integró el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor).

ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Industria y Comercio, al Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor), al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS), al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, al Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP) y a las organizaciones de defensa de los derechos de los consumidores, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de julio del año dos mil diecinueve (2019); año 176 de la Independencia y 156 de la Restauración. DANILO MEDINA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.