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Decreto núm. 158-2019

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Página 1 del PDF

Dec. No. 158-19 que excluye de la expropiación efectuada mediante el Dec. No. 81-13,

articulo 1, numeral 40, una porción de terreno de 4,404.69M2, dentro de la parcela No. 311591192514, de la provincia Santiago, propiedad de Inversiones Ales, S.A. G. O. No. 10941 del 10 de mayo de 2019. DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 158-19

VISTO: El decreto núm. 81-13, del 15 de marzo de 2013, que declara de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintas partes del país, para ser utilizadas en la construcción de aulas.

VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

Artículo 1. Se excluye de la expropiación efectuada mediante el decreto núm. 81-13, del 15 de marzo de 2013, en su artículo 1, numeral 40, debido a que producto de los trabajos de deslinde y subdivisión fue afectada la parcela que se detalla a continuación:

Artículo 2. Envíese al registrador de títulos de Santiago y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y ejecución.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de abril del año dos mil diecinueve (2019), año 176 de la Independencia y 156 de la Restauración. DANILO MEDINA Parcela Superficie Provincia Propietario 311591192514 4,404.69 m2 Santiago Inversiones Ales, S. A.

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.