Decreto núm. 069-2019¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 069
- Año: 2019
- Título detectado: que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 10934 del 28 de febrero de 2019. Modifica los artículos 23 del Dec. No. 210-18; 7 del Dec. No. 322-18; 19 del Dec. No. 409-18; y 12 del Dec. No. 425-18. DANILO MEDINA
- Fecha: 20/02/2019
- Gaceta oficial: 10934
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3393452&managementType=1
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185680ee96c9b1a7955573946334188aef1a4aec82062f2d2e7304592765dc49 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
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Dec. No. 69-19 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. G. O. No. 10934 del 28 de febrero de 2019. Modifica los artículos 23 del Dec. No. 210-18; 7 del Dec. No. 322-18; 19 del Dec. No. 409-18; y 12 del Dec. No. 425-18. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 69-19
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CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral asegura no haber recibido, dentro del plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados.
VISTA: Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza a cambiar el nombre a las personas que se detallan a continuación: 1. José Ceferino Jiménez Fernández, por el de JOSÉ JIMÉNEZ FERNÁNDEZ. 2. Augusto Bueno Sánchez, por el de SERGIO AUGUSTO BUENO SÁNCHEZ. 3. Maciel Familia Alcántara, por el de MAICOL RAFAEL FAMILIA ALCÁNTARA. 4. Milagros Toribio Lantigua, por el de VICTORIA MILAGROS TORIBIO LANTIGUA. 5. Aurelia Escolástico Sepeda, por el de JULIE SHAKIRA ESCOLÁSTICO SEPEDA. 6. Bolivar Durán, por el de BOLIVAR ANTONIO DURÁN. 7. Eulalia Abreu, por el de IDALIA ABREU. 8. Cárolin Altagracia Peña Tejada, por el de CAROLINA ALTAGRACIA PEÑA TEJADA. 9. Aurelio Antonio De Peña Páez, por el de BRIAN AURELIO DE PEÑA PÁEZ. 10. Conrada Santana, por el de NELIS SANTANA. 11. Ofelia Cordero Rivera, por el de ORFELINA CORDERO RIVERA. 12. Clara Elvira Del Socorro Jiménez Jiménez, por el de CLARA ELVIRA JIMÉNEZ JIMÉNEZ.
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_____________ 13. Leysy Juliette Hernández Lizandro, por el de LEYDY JULIETTE HERNÁDEZ LIZANDRO. 14. Dulce Amada Reyes, por el de DULCE MARIA REYES. 15. Elena María María Rivera, por el de ELENA MARÍA RIVERA. 16. Se modifica el artículo 12 del decreto número 425-18, del 16 de noviembre de 2018, para que se lea de la siguiente manera: el Sr. Ángel Adaberto Díaz Martínez, siendo lo correcto ADAM DIAZ MARTÍNEZ 17. Se modifica el artículo 23 del decreto número 210-18, del 29 de mayo de 2018, para que se lea de la siguiente manera: Patricia Sharlene Javier Javier, siendo lo correcto: SHARLENE JAVIER JAVIER. 18. Se modifica el artículo 19 del decreto número 409-18, del 30 de octubre de 2018, en el cual los señores Warys Kairo Díaz Acosta y Adriana Féliz Matos, padres de la menor de edad, autorizan a cambiar el nombre de su hija menor Jarolyn Díaz Féliz, por el de KIARA DÍAZ FELIZ que es lo correcto: 19. Se modifica el artículo 7 del decreto número 322-18, del 24 de agosto de 2018, para que se lea de la siguiente manera: Junior Lantigua Pichardo, siendo lo correcto: NELSON JULIO LANTIGUA PICHARDO.
Artículo 2.- Envíese a la Junta Central Electoral, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de febrero del año dos mil diecinueve (2019), año 175 de la Independencia y 156 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.