Decreto núm. 017-2019¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 017
- Año: 2019
- Título detectado: que concede pensiones de Estado y aumentos a varios envejecientes y ex servidores públicos. G. O. No. 10928 del 14 de enero de 2019. DANILO MEDINA
- Fecha: 07/01/2019
- Gaceta oficial: 10928
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
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Texto¶
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Dec. núm. 17-19 que concede pensiones de Estado y aumentos a varios envejecientes y ex servidores públicos. G. O. No. 10928 del 14 de enero de 2019. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 17-19
VISTO: El artículo 57 de la Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado.
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VISTO: El oficio núm. 4106, del 8 de noviembre de 2018, dirigido al presidente de la República por el director general de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda, donde solicita pensiones y aumentos para personas envejecientes y exservidores públicos. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado dominicano por antigüedad en el servicio a los siguientes servidores públicos: Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y electoral Monto 1 Rafael Guillermo Asencio Chevalier 001-0713579-0 RD$20,000.00 2 Elsa Ivelina Rojas 001-0355970-4 RD$45,000.00 3 Felicia Elupina Hernández Cornelio 100-0001131-1 RD$40,940.00 4 Luisa Ramírez 011-0009126-1 RD$15,000.00 5 Arelys Altagracia Ceballos de Desangles 001-0078063-4 RD$100,000.00 6 Manuel Ramón García Germán 001-0171388-1 RD$20,000.00 7 Susana Holguín Holguín 001-0321531-5 RD$20,000.00 8 NaurioTatis Olivo 001-0201880-1 RD$15,000.00 9 Zoila Deisy García Rosario 001-0518498-0 RD$25,000.00 10 Yoni Santana de los Santos 027-0022229-8 RD$20,000.00 11 José Enrique Isael Santana Peralta 001-0148589-4 RD$35,000.00 12 Italia Teresa Guillermina Campagna Guzmán 001-0069744-0 RD$29,754.29 13 Cándida Rita Núñez López 001-0153311-5 RD$40,000.00 14 Apolinar Ernesto Díaz Álvarez 001-0060838-9 RD$120,000.00 15 Ignacia Medina 104-0005844-1 RD$5,117.50 16 Ramón Mejía Guerrero 026-0031922-8 RD$15,000.00 17 Francisco Ignacio Infante Peña 001-0006958-2 RD$35,000.00 18 Mercedes del Carmen Ceballos Pérez 001-0069052-8 RD$30,000.00 19 Millán Medina Montero 001-0861434-8 RD$5,117.50 20 Miledys Santana 026-0099025-9 RD$15,000.00 21 Donata Antonia Gutiérrez Acevedo 001-0145144-1 RD$68,000.00 22 Miguel Ángel Polanco 001-0842840-0 RD$15,000.00 23 María Dionellis Guzmán Pérez 018-0007915-2 RD$50,000.00
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ARTÍCULO 2. Se elevan las pensiones asignadas por el Estado dominicano a las siguientes personas: Núm. Nombres y apellidos Cédula de identidad y electoral Monto 1 Natividad de Jesús López Díaz 001-0178193-8 RD$20,000.00 2 Altagracia de la Cruz Soto Tejeda 001-0147203-3 RD$20,000.00 3 Ulises Alejandro Vázquez Ramírez 002-0108534-7 RD$30,000.00 4 Glenda Margarita Martínez Scotto 010-0017552-9 RD$30,000.00 5 Bélgica Marina Nova de la Rosa de Tejeda 002-0015405-2 RD$41,875.90 6 Altagracia Castro 001-0040779-0 RD$15,000.00 7 Luis Morillo Zarzuela 023-0112961-1 RD$15,000.00 8 Llanis Violeta Arias Aristy 001-0008702-2 RD$15,000.00 9 Sixto Reynoso Mejía 001-0486363-4 RD$35,000.00 10 Rosa Mercedes Tavárez Payamps 001-0160243-1 RD$60,000.00 11 Mayra Ybel Oviedo Ramírez 001-0740772-8 RD$15,000.00 12 Narciso Alberto Montandon Báez 001-0790897-2 RD$15,000.00 13 Rafael González Cabral 001-0185345-5 RD$60,000.00 14 Sergio de León Brand 001-0629890-4 RD$15,000.00 15 Vivian Marcela Espinal B. de Lockward 001-0123929-1 RD$30,000.00 16 Luz María Sabina Peña Morales de Vásquez 054-0001807-2 RD$45,000.00 17 Onésimo Antonio Guzmán Polanco 054-0006030-6 RD$20,000.00 18 Fanny Altagracia Guzmán 031-0024778-6 RD$30,000.00 19 Héctor Bienvenido Vásquez Ramírez 002-0021066-4 RD$20,000.00 20 María Altagracia Heredia Corporán de Solis 002-0038003-8 RD$25,000.00 21 Pedro Ramón Objío González 001-0285179-7 RD$20,000.00 22 Ángel María Reyes Domínguez 050-0002032-0 RD$20,000.00 23 Federico Antonio Nina Grullón 001-0174344-1 RD$45,000.00 24 Andrés Rodríguez Rodríguez 001-0481778-8 $RD25,000.00 25 Abigail Ernesto Lozano Gómez 001-0003487-5 $RD15,000.00
ARTÍCULO 3. En caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión del Estado, estos podrán optar por la pensión que más le favorezca.
ARTÍCULO 4. Se dispone que el pago de toda pensión otorgada por el Poder Ejecutivo con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado tenga efectividad a partir de la fecha en que el beneficiario formalice su solicitud de inclusión en la nómina de los Jubilados y Pensionados Civiles del Estado ante la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado del Ministerio de Hacienda, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones públicas en la Ley núm. 41- 08, sobre Función Pública, en caso que aplique.
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PÁRRAFO: La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado tendrá un plazo de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, contados a partir de que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de cumplido dicho plazo.
ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Hacienda para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de enero del año dos mil diecinueve (2019); año 175 de la Independencia y 156 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.