Decreto núm. 445-2018¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 445
- Año: 2018
- Título detectado: que autoriza al capitán de navío Benjamín Valdez Bisonó, ARD, a aceptar y usar la condecoración Medalla Cruz de las Fuerzas Armadas, otorgada por el jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Honduras. G. O. No. 10925 del 14 de diciembre de 2018. DANILO MEDINA
- Fecha: 10/12/2018
- Gaceta oficial: 10925
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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3bbcd1f34b9871802d1dc142c38c5e0d768724475adfd74e077d9c0df20c4bec - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 445-18 que autoriza al capitán de navío Benjamín Valdez Bisonó, ARD, a aceptar y usar la condecoración Medalla Cruz de las Fuerzas Armadas, otorgada por el jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Honduras. G. O. No. 10925 del 14 de diciembre de 2018. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 445-18
VISTA: La Ley núm.1325, del 13 de enero de 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos y extranjeros y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos.
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VISTO: El Reglamento núm.4157, del 4 de febrero de 1947, sobre aceptación de condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos y sus modificaciones.
VISTO: El oficio núm. 1852, del 23 de noviembre de 2018, del mayor general Elvis M. Feliz Pérez, FARD, asesor militar terrestre, naval y aéreo del Poder Ejecutivo.
VISTO: El oficio núm. 40215, del 21 de noviembre de 2018, del teniente general Rubén D. Paulino Sem, ERD, ministro de Defensa, dirigido al presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se autoriza al capitán de navío Benjamín Valdez Bisonó, ARD, para que pueda aceptar y usar la condecoración “Medalla Cruz de las Fuerzas Armadas”, otorgada por el jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Honduras.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Defensa, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho (2018), año 175 de la Independencia y 156 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.