Decreto núm. 436-2018¶
Aviso
LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.
Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 436
- Año: 2018
- Título detectado: que concede la naturalización dominicana ordinaria a varios extranjeros. Modifica el numeral 5 del artículo 1 del Dec. No. 76-17 y los numerales 3 y 12 del artículo 1, del Dec. No. 138-18. G. O. No. 10925 del 14 de diciembre de 2018. DANILO MEDINA
- Fecha: 03/12/2018
- Gaceta oficial: 10925
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3393425&managementType=1
- Descarga oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3393425&managementType=2
- Hash SHA256 del PDF:
ee4500e5514c51e0f2355e7b14f1b25b4f12b691892a8ce51b86b798977c82a6 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 436-18 que concede la naturalización dominicana ordinaria a varios extranjeros. Modifica el numeral 5 del artículo 1 del Dec. No. 76-17 y los numerales 3 y 12 del artículo 1, del Dec. No. 138-18. G. O. No. 10925 del 14 de diciembre de 2018. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 436-18
VISTA: La Ley núm. 1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus modificaciones.
VISTAS: Las instancias números 2042, del 15 de marzo de 2018; 3926, del 15 de mayo de 2018; 2740, 2741 y 2742, del 9 de abril de 2018; 3107, 3117, 3118, 3119 y 3145, del 20 de abril de 2018; 3434 y 3435, del 1 de mayo de 2018; 3514, del 3 de mayo de 2018; 3630, del 7 de mayo de 2018; 7330 y 7335, del 15 de agosto de 2018; 7591, del 22 de agosto de 2018; 9145 del 25 de septiembre de 2018; 9727, del 11 de octubre de 2018; 10103, 10104, 10105, 10106, 10107 y 10108, del 23 de octubre de 2018; que, por conducto del Ministerio de Interior y Policía, han elevado al Poder Ejecutivo las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente decreto. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la nacionalidad dominicana, a título de naturalización ordinaria, a las personas que se indican a continuación: 1. A la señora Aura María Gómez García, de nacionalidad colombiana. 2. Al señor Andrés Ignacio Rivas Pérez, a su esposa la señora María Guadalupe Ayala Baralt y a sus hijos menores de edad María Fabiana Rivas Ayala y Andrés Enrique Rivas Ayala, todos de nacionalidad venezolana. 3. Al señor Carlos Alfredo García Silva y a su esposa la señora Yecenia Josefina Perdomo González, ambos de nacionalidad venezolana.
Página 2 del PDF¶
_____________ 4. Al señor Alain Jean Jacques Giraud Rajat y a su esposa la señora Christine Annick Renee Pacaud Padiou, ambos de nacionalidad francesa. 5. Al señor Claudio Francescato Simonutti y a su esposa la señora Roberta Barbini Zane, ambos de nacionalidad italiana. 6. Al señor William Fernando Ovalle Triana y a su esposa la señora Luz Stella Valencia, ambos de nacionalidad colombiana. 7. A la señora Ana María Olle Borque, de nacionalidad española. 8. A la señora Tatiana Flores Infante, de nacionalidad cubana. 9. Al señor Domingo Legua Rudilla, de nacionalidad española. 10. A la señora Ángela María Arrieta Díaz, de nacionalidad colombiana. 11. A la señora Lilian Xiomara Ordoñez Moreno, de nacionalidad hondureña. 12. A la señora Olivia Betancourt Betancourt, de nacionalidad venezolana. 13. Al señor José Manuel Ortega Cohen, a su esposa la señora María José García Espinosa y a sus hijos menores de edad, Manuel Ignacio Ortega García y José Andrés Ortega García, todos de nacionalidad venezolana. 14. Al señor Marcos Antonio Nieto Caballero, de nacionalidad cubana. 15. Al señor Giorgio Rando, de nacionalidad italiana. 16. Al señor Aleksei Viacheslavovich Nikitin, de nacionalidad rusa. 17. Al señor Víctor Ángel Soto Roa, de nacionalidad estadounidense. 18. A la señora Licia Natalina Colombo, de nacionalidad italiana. 19. A la señora Sureyna Guerra Esperón, de nacionalidad cubana. 20. Al señor Robert Basil Ierullo Battye, de nacionalidad canadiense. 21. Al señor David Eugene Rentzel y a su esposa la señora Liudmyla Merkusheva, el primero de nacionalidad estadounidense y la segunda de nacionalidad ucraniana. 22. Al señor Víctor Manuel Curiel Herrera, de nacionalidad venezolana.
ARTÍCULO 2. Se modifica el numeral 5 del artículo 1 del Decreto núm. 76-17, del 24 de marzo de 2017, para que en adelante se lea como sigue: 5. Al señor José Manuel Farré Español, de nacionalidad española, a su esposa la señora Sonia Anita Motte-Mulliez, de nacionalidad francesa, a su hija mayor de edad Noemi Farré Motte, y a su hija menor de edad, Sarah Farré Motte, ambas de nacionalidad española.
ARTÍCULO 3. Se modifica el numeral 3 del artículo 1 del Decreto núm. 138-18, del 28 de marzo de 2018, para que en adelante se lea como sigue: 3. Al señor Diego Armando Cando Velásquez, y a su esposa la señora Olga Maritza Santillán Córdova, ambos de nacionalidad ecuatoriana.
ARTICULO 4. Se modifica el numeral 12 del artículo 1 del Decreto núm. 138-18, del 28 de marzo de 2018, para que en adelante se lea como sigue: 12. Al señor Carlos Manuel Romero Ávila, a su esposa la señora Carolina Soraida Coy Troncoso y a sus hijos menores de edad María José Romero Coy y Felipe Andrés Romero Coy, todos de nacionalidad colombiana.
Página 3 del PDF¶
ARTÍCULO 5. Envíese al Ministerio de Interior y Policía, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho (2018); año 175 de la Independencia y 156 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.