Saltar a contenido

Decreto núm. 423-2018

Aviso

LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.

Metadata

Texto

Página 1 del PDF

Dec. No. 423-18 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. G. O. No. 10923 del 30 de noviembre de 2018. DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 423-18

Página 2 del PDF


VISTA: La Ley núm. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

Artículo 1. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorros, Créditos y Servicios Múltiples Camino al Progreso (PROGRECOOP), con su asiento principal en la avenida Juan Pablo Duarte, plaza Bella Terra Mall, modulo A-33, primer nivel, La Esmeralda, provincia Santiago de los Caballeros República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el diez (10) de julio de dos mil dieciocho (2018).

Artículo 2. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de los Pescadores del Norte (COOPPESCANORTE), con su asiento principal en la calle Paseo de los Locutores número 3, edificio municipal, La puntilla, San Felipe, provincia Puerto Plata, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el doce (12) de agosto de dos mil diecisiete (2017).

Artículo 3. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro y Crédito, Los Empleados de Mega Plax (MEGACOOP), con su asiento principal en la calle Los Tocones, sección San José, municipio San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el siete (7) de febrero de dos mil dieciocho (2018).

Artículo 4. Se concede el beneficio de la incorporación a la Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples de Servidores del Ministerio de Administración Pública (COOPEMAP), con su asiento principal en la calle Leopoldo Navarro esquina avenida 27 de Febrero, edificio Figeca, numero 4B, Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea general constitutiva celebrada el dieciséis (16) de marzo de dos mil dieciséis (2016).

Artículo 5. Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho (2018); años 175 de la Independencia y 156 de la Restauración. DANILO MEDINA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.