Decreto núm. 378-2018¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 378
- Año: 2018
- Título detectado: que excluye de la expropiación efectuada mediante el numeral 6 del
- Fecha: 05/10/2018
- Gaceta oficial: 10921
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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23e335b552454cf15dacab6c3e7b1357c80c2d49b7e14652228d4c8871bf6cc9 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
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Dec. No. 378-18 que excluye de la expropiación efectuada mediante el numeral 6 del
artículo 1 del decreto núm. 333-13, varias parcelas que fueron declaradas de utilidad pública en la provincia Santiago, para ser destinadas a edificaciones escolares. G. O. No. 10921 del 19 de octubre de 2018. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 378-18
VISTO: El Decreto núm. 333-13, del 10 de diciembre de 2013, que declaró de utilidad pública e interés social por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares.
VISTA: La Ley núm. 344, del 29 de julio de 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se excluye de la expropiación efectuada mediante el numeral 6 del artículo 1 del Decreto núm. 333-13, del 10 de diciembre de 2013, los inmuebles que se detallan a continuación: Parcela Superficie Provincia Propietaria 311443843179 1,440.83 Santiago Reynaldo de Jesús Adames 311443457808 18,865.95 Florencio Luna
Página 2 del PDF¶
_____________ Parcela Superficie Provincia Propietaria 311443457808 58,307.60 María Batista Filpo 311443556986 25,154.72 María Batista Filpo 311443354959 24,666.60 María Batista Filpo 311443840650 4,667.76 José de Jesús Bernard parcela 21, D.C: 20 140,373.40 José de Jesús Bernard
Artículo 2. Envíese al registrador de títulos de Santiago y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de octubre del año dos mil dieciocho (2018); año 175 de la Independencia y 156 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.