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Decreto núm. 369-2018

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Dec. No. 369-18 que excluye de la expropiación efectuada mediante el numeral 114 del art. 1 del Dec. No. 290-12, que modifico el art. 1 del Dec. No. 130-12, varias porciones de terrenos resultante de los trabajos de deslinde de la parcela No. 10-B del D.C. No. 48/1, del municipio Miches, provincia El Seibo, propiedad de la empresa Agroindustrial Carlyle Sees, SRL. G. O. No. 10921 del 19 de octubre de 2018. DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 369-18

VISTO: El Decreto núm. 130-12, que declara de utilidad pública e interés social varias porciones de terrenos para ser utilizadas en la construcción de la carretera Bávaro-Uvero Alto-Sabana de la Mar, del 22 de marzo de 2012.

VISTO: El Decreto núm. 290-12, del 11 de junio de 2012, que modifica el artículo 1 del Decreto núm. 130-12 y adiciona varias porciones de terrenos ubicadas en Higüey para la construcción de la carretera Bávaro-Uvero Alto-Sabana de la Mar.

VISTA: La Ley núm. 344, del 29 de julio de 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación.

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_____________ En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

Artículo 1. Se excluyen de la expropiación efectuada mediante el numeral 114 del artículo 1 del Decreto núm. 290-12, del 11 de junio de 2012, que modificó el artículo 1 del Decreto núm. 130-12, del 22 de marzo de 2012, las porciones resultantes de los trabajos de deslinde de la parcela 10-B del distrito catastral núm. 48/1 del municipio Miches, provincia El Seibo, propiedad de la empresa Agroindustrial Carlyle Sees, SRL., las parcelas que se detallan a continuación: Designación catastral / Parcela Superficie Municipio / Provincia 409999547478 250,000.00 Miches / El Seibo 400000754773 250,000.00 Miches / El Seibo 500908518958 2,471,651.42 Miches / El Seibo 500917265665 146,933.19 Miches / El Seibo 500916960675 20,003.70 Miches / El Seibo 500916847797 51,475.70 Miches / El Seibo

Artículo 2. Envíese a la registradora de títulos de El Seibo, para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de octubre del año dos mil dieciocho (2018); año 175 de la Independencia y 156 de la Restauración. DANILO MEDINA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.