Decreto núm. 332-2018¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 332
- Año: 2018
- Título detectado: que excluye de la expropiación efectuada mediante los numerales 1 y 6 del artículo 1 de los decretos Nos. 117-16 y 6-14, respectivamente, la parcela 212546269742 con una superficie de 432,108.21 M², en Dajabón, propiedad de la señora Josefina Antonia Lombert Fondeur. G. O. No. 10919 del 3 de septiembre de 2018. DANILO MEDINA
- Fecha: 31/08/2018
- Gaceta oficial: 10919
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3390136&managementType=1
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- Hash SHA256 del PDF:
82bec5ea837619b6691cd38309c6aeb17696da5b28b48291b3556dcbcc71b489 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 332-18 que excluye de la expropiación efectuada mediante los numerales 1 y 6 del artículo 1 de los decretos Nos. 117-16 y 6-14, respectivamente, la parcela 212546269742 con una superficie de 432,108.21 M², en Dajabón, propiedad de la señora Josefina Antonia Lombert Fondeur. G. O. No. 10919 del 3 de septiembre de 2018. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 332-18
VISTO: El decreto núm. 117-16, del 29 de febrero de 2016, que declaró de utilidad pública e interés social por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares.
VISTO: El decreto núm. 6-14, del 30 de enero de 2014, que declaró de utilidad pública e interés social por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintas provincias del país, para ser destinadas a la construcción de edificaciones escolares.
Página 2 del PDF¶
VISTA: La Ley núm. 344, del 29 de julio de 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se excluyen de la expropiación efectuada mediante los numerales 1 y 6 del
artículo 1 de los decretos números 117-16 y 6-14, del 29 de febrero de 2016 y 30 de enero de 2014, respectivamente, el inmueble que se detallan a continuación: Parcela Superficie Provincia Propietaria 212546269742 432,108.21 Dajabón Josefina Antonia Lombert Fondeur
Artículo 2. Envíese al registrador de títulos de Montecristi y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta y un (31) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018); año 175 de la Independencia y 156 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.