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Decreto núm. 332-2018

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Dec. No. 332-18 que excluye de la expropiación efectuada mediante los numerales 1 y 6 del artículo 1 de los decretos Nos. 117-16 y 6-14, respectivamente, la parcela 212546269742 con una superficie de 432,108.21 M², en Dajabón, propiedad de la señora Josefina Antonia Lombert Fondeur. G. O. No. 10919 del 3 de septiembre de 2018. DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 332-18

VISTO: El decreto núm. 117-16, del 29 de febrero de 2016, que declaró de utilidad pública e interés social por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares.

VISTO: El decreto núm. 6-14, del 30 de enero de 2014, que declaró de utilidad pública e interés social por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintas provincias del país, para ser destinadas a la construcción de edificaciones escolares.

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VISTA: La Ley núm. 344, del 29 de julio de 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

Artículo 1. Se excluyen de la expropiación efectuada mediante los numerales 1 y 6 del

artículo 1 de los decretos números 117-16 y 6-14, del 29 de febrero de 2016 y 30 de enero de 2014, respectivamente, el inmueble que se detallan a continuación: Parcela Superficie Provincia Propietaria 212546269742 432,108.21 Dajabón Josefina Antonia Lombert Fondeur

Artículo 2. Envíese al registrador de títulos de Montecristi y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y ejecución.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treinta y un (31) días del mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018); año 175 de la Independencia y 156 de la Restauración. DANILO MEDINA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.