Decreto núm. 228-2018¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 228
- Año: 2018
- Título detectado: que excluye de la expropiación efectuada mediante el numeral 22 del Art. 1 del Dec. No. 387-15, producto de los trabajos de deslinde y subdivisión realizados en la Parcela No. 10, D.C. No. 31, municipio Santo Domingo de Guzmán, provincia Santo Domingo. G. O. No. 10912 del 2 de julio de 2018. DANILO MEDINA
- Fecha: 15/06/2018
- Gaceta oficial: 10912
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3388988&managementType=1
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- Hash SHA256 del PDF:
13725265d66133af4112c58f246f5fdd572545a6d17cf19a60088e8272cc8c5b - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 228-18 que excluye de la expropiación efectuada mediante el numeral 22 del Art. 1 del Dec. No. 387-15, producto de los trabajos de deslinde y subdivisión realizados en la Parcela No. 10, D.C. No. 31, municipio Santo Domingo de Guzmán, provincia Santo Domingo. G. O. No. 10912 del 2 de julio de 2018. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 228-18
VISTO: El Decreto núm. 387-15, del 24 de diciembre de 2015, que declara de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares.
VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se excluye de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm. 387-15, del 24 de diciembre de 2015, numeral 22, del Art. 1, debido a que producto de los trabajos de deslinde y subdivisión que se realizaron a la parcela 10 del Distrito Catastral núm. 31, ubicada en el municipio Santo Domingo de Guzmán, provincia Santo Domingo, la parcela que se detalla a continuación: Parcela Superficie Matrícula Provincia Propietario 10, D.C. 31 26,336.19 m2 4000305731 Santo Domingo Luis Enrique Acosta Aristy
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Artículo 2. Envíese al Registrador de Títulos de Santo Domingo y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de junio del año dos mil dieciocho (2018); años 175 de la Independencia y 155 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.