Decreto núm. 147-2018¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 147
- Año: 2018
- Título detectado: que concede la condecoración de la Orden del Mérito Aéreo, en Segunda Categoría, con Distintivo Blanco, a la Teniente Coronel Pedagoga Adalmica E. Rodríguez Martínez, y en Tercera Categoría al Capitán Capellan Santiago Rodríguez Rodríguez, F.A.R.D. G. O. No. 10909 del 23 de abril de 2018. DANILO MEDINA
- Fecha: 16/04/2018
- Gaceta oficial: 10909
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3387817&managementType=1
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058a601b5d0623ba845522caae13a55911aa6f38313d044d5ddc47b792f034ca - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
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Dec. No. 147-18 que concede la condecoración de la Orden del Mérito Aéreo, en Segunda Categoría, con Distintivo Blanco, a la Teniente Coronel Pedagoga Adalmica E. Rodríguez Martínez, y en Tercera Categoría al Capitán Capellan Santiago Rodríguez Rodríguez, F.A.R.D. G. O. No. 10909 del 23 de abril de 2018. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 147-18
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VISTA: La Ley núm. 3351, del 3 de agosto de 1952, que crea la Orden del Mérito Aéreo.
VISTO: El oficio núm.0518, del 2 de abril de 2018, del Mayor General, E.R.D., Pedro A. Cáceres Chestaro, Asesor Militar, Terrestre, Naval y Aéreo del Poder Ejecutivo.
VISTO: El oficio núm. 9516, del 27 de marzo de 2018, del Teniente General, E.R.D., Rubén D. Paulino Sem, Ministro de Defensa, dirigido al Señor Presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede la condecoración de la Orden al Mérito Aéreo, en su Segunda Categoría, con Distintivo Blanco, a la Teniente Coronel Pedagoga Adamilca E. Rodríguez Martínez, F.A.R.D.
ARTÍCULO 2. Se concede la condecoración de la Orden al Mérito Aéreo, en su Tercera Categoría, con Distintivo Blanco, al Capitán Capellán Santiago Rodríguez Rodríguez, F.A.R.D.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Defensa, para su conocimiento y fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de abril del año dos mil dieciocho (2018); años 175 de la Independencia y 155 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.