Decreto núm. 047-2018¶
Aviso
LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.
Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 047
- Año: 2018
- Título detectado: que excluye de la expropiación efectuada mediante el Dec. núm. 275- 15, numeral 1, resultante de los trabajos de deslinde y subdivisión que se realizaron en la parcela núm. 387, del Distrito Catastral núm. 2, del municipio Baní, así como la efectuada en virtud del Dec. núm. 83-14, numeral 6, a la parcela núm. 409398313165, ubicada en La Romana. G. O. No. 10903 del 15 de enero de 2018. DANILO MEDINA
- Fecha: 12/01/2018
- Gaceta oficial: 10903
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3386696&managementType=1
- Descarga oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3386696&managementType=2
- Hash SHA256 del PDF:
34c3afa482d1b771f37a223148289bbd977f5b9431228bce2c2a620b101a245b - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 47-18 que excluye de la expropiación efectuada mediante el Dec. núm. 275- 15, numeral 1, resultante de los trabajos de deslinde y subdivisión que se realizaron en la parcela núm. 387, del Distrito Catastral núm. 2, del municipio Baní, así como la efectuada en virtud del Dec. núm. 83-14, numeral 6, a la parcela núm. 409398313165, ubicada en La Romana. G. O. No. 10903 del 15 de enero de 2018. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 47-18
VISTO: El Decreto núm. 275-15, del 22 de septiembre de 2015, que declara de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares.
VISTO: El Decreto núm. 83-14, del 6 de marzo de 2014, que declara de utilidad pública e interés social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos en distintas provincias del país, para ser utilizadas en la construcción de edificaciones escolares.
Página 2 del PDF¶
VISTA: La Ley núm. 344, sobre Procedimiento de Expropiación, del 29 de julio de 1943, y sus modificaciones. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se excluye de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm. 275-15, del 22 de septiembre de 2015, numeral 1, la parcela que se detalla a continuación, resultante de los trabajos de deslinde y subdivisión que se le realizaron a la parcela núm. 387, del Distrito Catastral núm. 02, del municipio Baní: Parcela resultante Propietarios Metros Municipio / Provincia 306230336421 Juan Bolívar Gómez y Agueda Fernandina Medina Villar 3,591.52 Baní / Peravia
Artículo 2. Se excluye de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm. 83-14, del 6 de marzo de 2014, numeral 6, la parcela que se detalla a continuación, resultante de los trabajos de deslinde y subdivisión que se le realizaron a la parcela núm. 409398313165, ubicada en el municipio y provincia La Romana: Parcela resultante Propietario Metros Municipio / Provincia 409398313577 Pedro Julio Gil 697.03 La Romana
Artículo 3. Envíese al Abogado del Estado, al Registrador de Títulos correspondiente y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018); años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.