Decreto núm. 014-2018¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 014
- Año: 2018
- Título detectado: que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del Estado dominicano a varios servidores públicos. G. O. No. 10903 del 15 de enero de 2018. DANILO MEDINA
- Fecha: 09/01/2018
- Gaceta oficial: 10903
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
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Texto¶
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Dec. No. 14-18 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del Estado dominicano a varios servidores públicos. G. O. No. 10903 del 15 de enero de 2018. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 14-18
VISTO: El artículo 57 de la Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de diciembre de 1981.
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VISTOS: Los oficios números 4722 y 4723, del 21 de julio de 2017, dirigidos al Presidente de la República por el Ministro de Hacienda, donde solicita las pensiones por antigüedad en el servicio y aumentos de las pensiones de varios servidores públicos. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado dominicano, por antigüedad en el servicio, a los siguientes servidores públicos: 1. Alicia Herdilania Figuereo Segura, cédula de identidad y electoral núm. 001-0057979- 6, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 2. Ana Altagracia Cordero de Liranzo, cédula de identidad y electoral núm. 001-0517838- 8, por un monto de catorce mil ochenta pesos dominicanos con 96/100 (RD$14,080.96) mensuales. 3. Bienvenido Gabriel Rojas, cédula de identidad y electoral núm. 001-0325374-6, por un monto de cinco mil quinientos seis pesos dominicanos con 38/100 (RD$5,506.38) mensuales. 4. Brunilda Pascuala Ventura de Santiago, cédula de identidad y electoral núm. 031- 0133550-7, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 5. Clara Elena Moquete Pérez, cédula de identidad y electoral núm. 001-0555446-3, por un monto de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$40,940.00) mensuales. 6. Claudio Matos Recio, cédula de identidad y electoral núm. 001-0627764-3, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 7. Cornelia Dolores A Soto Acevedo, cédula de identidad y electoral núm. 001-0141327- 6, por un monto de catorce mil doscientos cincuenta y un pesos dominicanos con 45/100 (RD$14,251.45) mensuales. 8. Danilo Ramírez Matos, cédula de identidad y electoral núm. 076-0009452-3, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales.
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_____________ 9. Diego Modesto Martínez Quiñones, cédula de identidad y electoral núm. 023-0040979- 0, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 10. Emilio Enrique Antonia, cédula de identidad y electoral núm. 018-0024467-3, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 11. Enemencio Tavárez Santos, cédula de identidad y electoral núm. 037-0040723-6, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 12. Faustino Aquino Verihuete, cédula de identidad y electoral núm. 001-0483708-3, por un monto de cinco mil setecientos pesos dominicanos con 17/100 (RD$5,700.17) mensuales. 13. Francisco Medina Nicolás, cédula de identidad y electoral núm. 018-0002261-6, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 14. Francisco Ramírez Sánchez, cédula de identidad y electoral núm. 023-0040992-3, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 15. Gregorio Pérez, cédula de identidad y electoral núm. 001-0665906-3, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 16. Héctor Ramón Ciprián Díaz, cédula de identidad y electoral núm. 010-0022654-6, por un monto de veintisiete mil ciento cincuenta y siete pesos dominicanos con 33/100 (RD$27,157.33) mensuales. 17. Jorge Luis Vólquez Kelly, cédula de identidad y electoral núm. 001-0569297-4, por un monto de cuarenta mil doscientos un pesos dominicanos con 82/100 (RD$40,201.82) mensuales. 18. José Antonio Ventura Castillo, cédula de identidad y electoral núm. 037-0044519-4, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 19. Juan del Rosario, cédula de identidad y electoral núm. 026-0010057-8, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 20. Julián Robles Arias, cédula de identidad y electoral núm. 037-0040634-5, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales.
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_____________ 21. Leonora Luisa Fabio Williams, cédula de identidad y electoral núm. 001-1059275-5, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 22. Margarita María Ruiz de Torres, cédula de identidad y electoral núm. 001-0097317-1, por un monto de doce mil seiscientos nueve pesos dominicanos con 10/100 (RD$12,609.10) mensuales. 23. María Altagracia Acosta Pérez, cédula de identidad y electoral núm. 001-0401513-6, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 24. Mario Arcadio Gerónimo, cédula de identidad y electoral núm. 023-0057608-5, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 25. Minurca María Báez Rosario, cédula de identidad y electoral núm. 001-0247628-0, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 26. Plinio Antonio Núñez, cédula de identidad y electoral núm. 001-0666707-4, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 27. Rafael Hipólito Marte Báez, cédula de identidad y electoral núm. 031-0045988-6, por un monto de quince mil ciento sesenta y cuatro pesos dominicanos con 82/100 (RD$15,164.82) mensuales. 28. Román Mateo, cédula de identidad y electoral núm. 076-0013454-3, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 29. Rómulo Quiterio de los Santos, cédula de identidad y electoral núm. 001-0405045-5, por un monto de diez mil diez pesos dominicanos con 42/100 (RD$10,010.42) mensuales. 30. Ruth Delania Polanco Polanco, cédula de identidad y electoral núm. 001-0098722-1, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 31. Salvador Pérez, cédula de identidad y electoral núm. 076-0002402-5, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 32. Segundino García, cédula de identidad y electoral núm. 001-0666487-3, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales.
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_____________ 33. Sergio Antonio Alcalá, cédula de identidad y electoral núm. 023-0061848-1, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50) mensuales. 34. Silvio Lorenzo Terrero, cédula de identidad y electoral núm. 001-0764069-0, por un monto de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$40,940.00) mensuales.
ARTÍCULO 2. Se elevan las pensiones asignadas por el Estado dominicano a las siguientes personas: 1. A la suma de trece mil ciento trece pesos con 33/100 (RD$13,113.33) mensuales a favor de Kirsi María Ramírez de Taveras, cédula de identidad y electoral núm. 001- 0320376-6. 2. A la suma de treinta y seis mil seiscientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$36,600.00) mensuales a favor de Leonardo Rhadamés de Moya Suárez, cédula de identidad y electoral núm. 001-0008136-3. 3. A la suma de treinta y siete mil doscientos noventa y un pesos dominicanos con 31/100 (RD$37,291.31) mensuales a favor de Ramón Emilio Guzmán, cédula de identidad y electoral núm. 001-0873267-8. 4. A la suma de treinta mil trescientos cinco pesos dominicanos con 80/100 (RD$30,305.80) mensuales a favor de Isis Ramona Paredes Marte, cédula de identidad y electoral núm. 001-0068029-7. 5. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a favor de Melba Nelia Noboa H de Suberví, cédula de identidad y electoral núm. 001- 0165657-7. 6. A la suma de treinta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$35,000.00) mensuales a favor de Pedro Pablo Taveras Rivas, cédula de identidad y electoral núm. 001-0043186-5. 7. A la suma de treinta y ocho mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$38,000.00) mensuales a favor de Juan Emilio Peña Méndez, cédula de identidad y electoral núm. 001-0491320-7. 8. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a favor de Vinicio Antonio Polanco Estrella, cédula de identidad y electoral núm. 001- 0274695-5.
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_____________ 9. A la suma de veinte mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales a favor de Benjamín Onésimo Pérez Pérez, cédula de identidad y electoral núm. 001- 0852372-1. 10. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a favor de Celia Milagros Rodríguez Montero de Óleo, cédula de identidad y electoral núm. 001-0153561-5. 11. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a favor de María Altagracia Ventura, cédula de identidad y electoral núm. 037- 0019960-1. 12. A la suma de veinticuatro mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$24,000.00) mensuales a favor de Luz Altagracia Mejía Medrano, cédula de identidad y electoral núm. 001-0059629-5. 13. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a favor de Simón Bolívar Féliz Pérez, cédula de identidad y electoral núm. 001- 0968274-0. 14. A la suma de veinte mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales a favor de Olga María Teresa Martínez Castro, cédula de identidad y electoral núm. 001-0201500-5. 15. A la suma de veinte mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales a favor de Fausto Rojas Zapata, cédula de identidad y electoral núm. 001-0924749-4. 16. A la suma de veintidós mil quinientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$22,500.00) mensuales a favor de Altagracia Eunice Jiménez Rodríguez de Reynoso, cédula de identidad y electoral núm. 001-0771883-5. 17. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a favor de Rosa Aurora Javier, cédula de identidad y electoral núm. 001-0476823-9. 18. A la suma de dieciocho mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$18,000.00) mensuales a favor de Julián Hernández, cédula de identidad y electoral núm. 047- 0096412-7. 19. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a favor de Víctor Manuel Tejeda García, cédula de identidad y electoral núm. 002- 0018064-4.
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_____________ 20. A la suma de cincuenta y cuatro mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$54,000.00) mensuales a favor de Ramón Orlando Jiménez Pérez, cédula de identidad y electoral núm. 001-0074053-9. 21. A la suma de veinte mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales a favor de Mercedes Caridad González Aybar, cédula de identidad y electoral núm. 010-0058039-7. 22. A la suma de cincuenta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$55,000.00) mensuales a favor de Roberto Antonio Fernández Abud, cédula de identidad y electoral núm. 001-0516998-1. 23. A la suma de veinte mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales a favor de José Joaquín Díaz Rodríguez, cédula de identidad y electoral núm. 001- 0027584-1. 24. A la suma de treinta y seis mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$36,000.00) mensuales a favor de Andrés Matos Gómez, cédula de identidad y electoral núm. 001-0951859-7. 25. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a favor de Francisco Antonio Arias, cédula de identidad y electoral núm. 001-0911799- 4. 26. A la suma de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales a favor de Margarita Ysabel Peña Peña, cédula de identidad y electoral núm. 001- 0525743-0. 27. A la suma de treinta y cinco mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$35,000.00) mensuales a favor de Juan Luis González López, cédula de identidad y electoral núm. 001-0551584-5. 28. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales a favor de Ligia Petronila Méndez Rodríguez, cédula de identidad y electoral núm. 046-0003132-4. 29. A la suma de diecinueve mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$19,000.00) mensuales a favor de Nelsy Alejandrina de la Cruz, cédula de identidad y electoral núm. 001-0067731-9. 30. A la suma de cincuenta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$50,000.00) mensuales a favor de Aurelina Asunción Pol Vilomar de Aquino, cédula de identidad y electoral núm. 001-0170350-2.
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_____________ 31. A la suma de veintinueve mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$29,000.00) mensuales a favor de Eligio Tomás Tavárez Polanco, cédula de identidad y electoral núm. 001-0458206-9. 32. A la suma de veinte mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales a favor de María Yolanda Sánchez Sánchez de Mejía, cédula de identidad y electoral núm. 001-0145551-7.
ARTÍCULO 3. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial del Estado dominicano a las siguientes personas: 1. Luz Argentina Bautista Tavárez, cédula de identidad y electoral núm. 001-0765754-6, por un monto de treinta mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$30,000.00). 2. Celso Padua Rodríguez, cédula de identidad y electoral núm. 028-0044004-8, por un monto de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales. 3. Esther Noemí Núñez, cédula de identidad y electoral núm. 001-0097886-5, por un monto de diez mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales.
ARTÍCULO 4. Se modifica el numeral 8 del artículo 1 del Decreto núm. 270-17, del 25 de agosto de 2017, para que se lea de la siguiente manera: “8. Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano al señor Elbis Ogando Ogando, cédula de identidad y electoral núm. 012-0071777-3, por un monto de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00)”.
ARTÍCULO 5. El presente beneficio no será válido para las personas que se encuentren disfrutando de pensión otorgada por el Estado, y de ser así, el/la beneficiario/beneficiaria podrá optar por la pensión que más le favorezca.
ARTÍCULO 6. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y las mismas serán ejecutadas, a cargo del Estado, por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda, dentro de un plazo de tres (3) meses contados a partir de la fecha de expedición del presente decreto, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones públicas en la Ley núm. 41-08, sobre Función Pública, en los casos que aplique.
ARTÍCULO 7. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes.
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DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018); años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.