Decreto núm. 413-2017¶
Aviso
LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.
Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 413
- Año: 2017
- Título detectado: que autoriza a la Alcaldía del municipio de Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a la razón social Plaza Lama, S.A., una porción de terreno de 4,742.23 Mts², solar No. 931-L, manzana catastral No. 18, D.C. No. 1, municipio Santiago de los Caballeros, por la suma de RD$26,999,886.51. G. O. No. 10898 del 1ro. de diciembre de 2017. DANILO MEDINA
- Fecha: 16/11/2017
- Gaceta oficial: 10898
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3386594&managementType=1
- Descarga oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3386594&managementType=2
- Hash SHA256 del PDF:
8e23bafc438b6d2bcc9f460d8a202e1c582b1d16108a3dab5c8eb67d50ee5f40 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 413-17 que autoriza a la Alcaldía del municipio de Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a la razón social Plaza Lama, S.A., una porción de terreno de 4,742.23 Mts², solar No. 931-L, manzana catastral No. 18, D.C. No. 1, municipio Santiago de los Caballeros, por la suma de RD$26,999,886.51. G. O. No. 10898 del 1ro. de diciembre de 2017. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 413-17
Página 2 del PDF¶
VISTA: La Ley núm. 176-07, del 17 de julio de 2007, sobre el Distrito Nacional y los Municipios.
VISTA: La Ley núm. 4381, del 10 de febrero de 1956, que sujeta a la autorización del Poder Ejecutivo la enajenación o afectación de terrenos o solares propiedad de los municipios o del Distrito Nacional.
VISTO: El literal d, numeral 3, del artículo 128 de la Constitución de la República, el cual establece como atribución del Presidente de la República, en tanto Jefe de Estado y de Gobierno, autorizar o no a los ayuntamientos a enajenar inmuebles y aprobar o no los contratos que hagan, cuando constituyan en garantía inmuebles o rentas municipales.
VISTA: La no objeción de la Comisión Especial de Voceros y de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos del Consejo de Regidores del Ayuntamiento de Santiago, del 10 de junio de 2016.
VISTA: La certificación del Secretario Municipal del Concejo de Regidores del Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, del 1 de julio de 2015, de la sesión ordinaria del Concejo Municipal celebrada el 10 de junio de 2016, que aprueba la venta de una porción de terreno con una extensión superficial de cuatro mil setecientos cuarenta y dos metros cuadrados punto veintitrés decímetros cuadrado (4,742.23 m2). En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Se autoriza a la Alcaldía del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, a vender a la razón social Plaza Lama, S. A., RNC núm. 1-01-17111- 1, debidamente representada por el señor Pedro Mario Lama Haché, portador de la Cédula de Identidad y Electoral núm. 001-0089820-4, por la suma de veintiséis millones novecientos noventa y nueve mil ochocientos ochenta y seis pesos dominicanos con 51/100 (RD$26,999,886.51), una porción de terreno que mide cuatro mil setecientos cuarenta y dos metros cuadrados punto veintitrés decímetros cuadrados (4,742.23 m2), localizada en el solar núm. 931-L, manzana catastral núm. 18, con designación catastral núm. 312512416593, dentro del D. C. núm. 1, municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, amparada en el Certificado de Título Matrícula núm. 0200079995, emitido por el Registro de Títulos de Santiago, con los siguientes linderos: a) Al norte, Ave. 27 de Febrero. b) Al este, calle Sánchez. c) Al sur, parcela núm. 4-B, Porción E, solar núm. 2, manzana núm. 66 Bis. d) Al oeste, parcela núm. 4-B, Porción E.
Página 3 del PDF¶
ARTÍCULO 2. Envíese al Ayuntamiento del municipio Santiago de los Caballeros y a su respectivo Registrador de Títulos, para su conocimiento y fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017), años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.