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Decreto núm. 344-2017

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Dec. No. 344-17 que autoriza al Coronel, FAR, Danieslivar Veloz Ramírez, a aceptar y usar las condecoraciones Medalla Naval del Lago de Maracaibo, en su Única Clase y la Medalla de Honor, otorgadas por la Armada Bolivariana de la República Bolivariana de Venezuela y la Universidad de Defensa Nacional de la República de China, respectivamente. G. O. No. 10895 del 16 de octubre de 2017. DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 344-17

VISTA: La Ley núm. 1325, del 13 de enero del 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos y extranjeros y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos.

VISTO: El Reglamento núm. 4157, del 4 de febrero del 1947, sobre aceptación de condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos, y sus modificaciones.

VISTO: El oficio núm. 1428, del 28 de agosto de 2017, del Mayor General, E.R.D., Pedro A. Cáceres Chestaro, Asesor Militar Terrestre, Naval y Aéreo del Poder Ejecutivo.

VISTO: El oficio núm. 28137, del 25 de agosto de 2017, del Teniente General, E.R.D., Rubén D. Paulino Sem, Ministro de Defensa, dirigido al Señor Presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

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_____________ D E C R E T O :

ARTÍCULO 1. Se concede autorización al Coronel, FAR, Danieslivar Veloz Ramírez, para que pueda aceptar y usar la condecoración “Medalla Naval del Lago de Maracaibo”, en su Única Clase, otorgada por la Armada Bolivariana de la República Bolivariana de Venezuela.

ARTÍCULO 2. Se concede autorización al Coronel, FAR., Danieslivar Veloz Ramírez, para que pueda aceptar y usar la condecoración “Medalla de Honor”, otorgada por la Universidad de Defensa Nacional de la República de China.

ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Defensa, para los fines correspondientes.

DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración. DANILO MEDINA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.