Decreto núm. 341-2017¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 341
- Año: 2017
- Título detectado: que autoriza al Coronel Médico Psiquiatra, FARD, Pedro Arnaldo Fernández Tejada, a aceptar y usar la condecoración Medalla de Plata, en su Tercer Grado, otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas. G. O. No. 10895 del 16 de octubre de 2017. DANILO MEDINA
- Fecha: 12/09/2017
- Gaceta oficial: 10895
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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acf18340a9ba37d26c7a29f2dc7e1a03e46a926894f68e6e1e685b9125f23ffb - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 341-17 que autoriza al Coronel Médico Psiquiatra, FARD, Pedro Arnaldo Fernández Tejada, a aceptar y usar la condecoración Medalla de Plata, en su Tercer Grado, otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas. G. O. No. 10895 del 16 de octubre de 2017. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 341-17
VISTA: La Ley núm. 1325, del 13 de enero del 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos y extranjeros y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos.
VISTO: El Reglamento núm. 4157, del 4 de febrero del 1947, sobre aceptación de condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos, y sus modificaciones.
VISTO: El oficio núm. 1414, del 23 de agosto de 2017, del Mayor General, E.R.D., Pedro A. Cáceres Chestaro, Asesor Militar Terrestre, Naval y Aéreo del Poder Ejecutivo.
VISTO: El oficio núm. 27338, del 20 de agosto de 2017, del Teniente General, E.R.D., Rubén D. Paulino Sem, Ministro de Defensa, dirigido al Señor Presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O :
ARTÍCULO 1. Se concede autorización al Coronel Médico Psiquiatra, F.A.R.D., Pedro Arnaldo Fernández Tejada, para que pueda aceptar y usar la condecoración “Medalla de Plata”, en su Tercer Grado, otorgada por el Consejo Superior de la Conferencia de las Fuerzas Armadas Centroamericanas.
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ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Defensa, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.