Decreto núm. 309-2017¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 309
- Año: 2017
- Título detectado: que autoriza al Coronel Médico Cardiólogo, ERD, Agustín Rubén Iglesias Melo, a aceptar y usar dos condecoraciones extranjeras. G. O. No. 10894 del 5 de septiembre de 2017. DANILO MEDINA
- Fecha: 28/08/2017
- Gaceta oficial: 10894
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
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Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 309-17 que autoriza al Coronel Médico Cardiólogo, ERD, Agustín Rubén Iglesias Melo, a aceptar y usar dos condecoraciones extranjeras. G. O. No. 10894 del 5 de septiembre de 2017. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 309-17
VISTA: La Ley núm. 1325, del 13 de enero del 1947, que reglamenta la obtención de cargos públicos y extranjeros y la aceptación y uso de condecoraciones extranjeras a ciudadanos dominicanos.
VISTO: El Reglamento núm. 4157, del 4 de febrero del 1947, sobre aceptación de condecoraciones y cargos extranjeros por ciudadanos dominicanos, y sus modificaciones.
VISTO: El oficio núm. 0955, del 8 de junio de 2017, del Mayor General, E.R.D., Pedro A. Cáceres Chestaro, Asesor Militar Terrestre, Naval y Aéreo del Poder Ejecutivo.
VISTO: El oficio núm. 18740, del 6 de junio de 2017, del Teniente General, E.R.D., Rubén D. Paulino Sem, Ministro de Defensa, dirigido al Señor Presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Se concede autorización al Coronel Médico Cardiólogo, E.R.D., Agustín Rubén Iglesias Melo, Director del Hospital Central de las Fuerzas Armadas, para que pueda aceptar y usar la condecoración “Medalla Naval Almirante Luís Brión”, en su Única Clase, otorgada por el Ministerio del Poder Popular para la Defensa de la República Bolivariana de Venezuela.
ARTÍCULO 2. Se concede autorización al Coronel Médico Cardiólogo, E.R.D., Agustín Rubén Iglesias Melo, Director del Hospital Central de las Fuerzas Armadas, para que pueda aceptar y usar la condecoración “Medalla Batalla Naval del Lago de Maracaibo”, en su Única Clase, otorgada por el Ministerio del Poder Popular para la Defensa de la República Bolivariana de Venezuela.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Defensa, para los fines correspondientes.
Página 2 del PDF¶
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017), años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.