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Decreto núm. 289-2017

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Dec. No. 289-17 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. Modifica los artículos 18 y 23 del Dec. No. 227-17. G. O. No. 10894 del 5 de septiembre de 2017. DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 289-17

CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente decreto han sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que, para cambios de nombres, establece la Ley núm. 659, sobre Actos del Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.

CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido, dentro del plazo legal establecido, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O:

Artículo 1. La Sra. Bone Rojas, queda autorizada a cambiar su nombre por el de BONIFACIA ROJAS.

Artículo 2. El Sr. Leydy Florián Féliz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de JULIO MANUEL FLORIÁN FÉLIZ.

Artículo 3. El Sr. Poliento Hernández Taveras, queda autorizado a cambiar su nombre por el de HIPÓLITO HERNÁNDEZ TAVERAS.

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Artículo 4. El Sr. Ausencio Ramón Medina Díaz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de RAMÓN MEDINA DÍAZ.

Artículo 5. El Sr. Miguel Antonio Trinidad Ortiz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de MANUEL ANTONIO TRINIDAD ORTIZ.

Artículo 6. La Sra. Malia Mercedes Florencio, queda autorizada a cambiar su nombre por el de NOLIA MERCEDES FLORENCIO.

Artículo 7. El Sr. Rafael Edilberto Peña Santana, queda autorizado a cambiar su nombre por el de EDILBERTO RAFAEL PEÑA SANTANA.

Artículo 8. El Sr. Eymi Jairon Santana Suárez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de JAIRON OTONIEL SANTANA SUÁREZ.

Artículo 9. La Sra. Altagracia Dolores García Rosario, queda autorizada a cambiar su nombre por el de TATIANA DIGNA GARCÍA ROSARIO.

Artículo 10. El Sr. Ambrosio Reyes Valentín, queda autorizado a cambiar su nombre por el de LEÓN REYES VALENTÍN.

Artículo 11. La Sra. Matilde Daniel, queda autorizada a cambiar su nombre por el de SANTA MATILDE DANIEL.

Artículo 12. La Sra. Lucrecia Santana González, queda autorizada a cambiar su nombre por el de CARMEN SANTANA GONZÁLEZ.

Artículo 13. El Sr. Roberto Félix Chevalier Moquete, queda autorizado a cambiar su nombre por el de RAFAEL ROBERTO CHEVALIER MOQUETE.

Artículo 14. El menor de edad Enmanuel Figueroa Alvarado, debidamente representado por sus padres, los señores Jiomar Manuel Figueroa Germosén y Albania Alvarado Batista, queda autorizado a cambiar su nombre por el de ENMANUEL JIOMAR FIGUEROA ALVARADO.

Artículo 15. La menor de edad Ramona Martínez, debidamente representada por su madre, la Sra. Mercedes Martínez Arias, queda autorizada a cambiar su nombre por el de KRISSBELL MARTÍNEZ.

Artículo 16. La Sra. Ángela Ramona Guzmán, queda autorizada a cambiar su nombre por el de ÁNGELA MARÍA GUZMÁN.

Artículo 17. La Sra. Colasita Mateo Guzmán, queda autorizada a cambiar su nombre por el de ORQUÍDEA MATEO GUZMÁN.

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Artículo 18. La Sra. Luz Percia Féliz Cuevas, queda autorizada a cambiar su nombre por el de LUCRECIA FÉLIZ CUEVAS.

Artículo 19. Se modifica el Artículo 18 del Decreto núm. 227-17, del 26 de junio de 2017, para que en lo adelante se lea de la manera siguiente:

Artículo 18. El Sr. Dionicio Antonio Sánchez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de DIONISIO SÁNCHEZ.

Artículo 20. Se modifica el Artículo 23 del Decreto núm. 227-17, del 26 de junio de 2017, para que en lo adelante se lea de la manera siguiente:

Artículo 23. La Sra. Gilda Margarita García, queda autorizada a cambiar su nombre por el de GLADYS MARGARITA GARCÍA.

Artículo 21. Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017), años 174 de la Independencia y 155 de la Restauración. DANILO MEDINA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.