Decreto núm. 212-2017¶
Aviso
LEY.DO no es una fuente oficial. Verifique este documento contra la fuente oficial indicada. LEY.DO no ofrece asesoría legal.
Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 212
- Año: 2017
- Título detectado: que nombra a la Representante ante la Organización Mundial del Comercio, Embajadora Gabriela Bonetti, como Representante Permanente de la República Dominicana ante varios organismos de las Naciones Unidas con sede en Ginebra, Suiza. G. O. No. 10888 del 30 de junio de 2017. DANILO MEDINA
- Fecha: 16/06/2017
- Gaceta oficial: 10888
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3383162&managementType=1
- Descarga oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3383162&managementType=2
- Hash SHA256 del PDF:
51b86b2291c19f411df4e1f18ec287d2672248bee02095686269083bc31b7f02 - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 212-17 que nombra a la Representante ante la Organización Mundial del Comercio, Embajadora Gabriela Bonetti, como Representante Permanente de la República Dominicana ante varios organismos de las Naciones Unidas con sede en Ginebra, Suiza. G. O. No. 10888 del 30 de junio de 2017. DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 212-17 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. La Embajadora Gabriela Bonetti, Representante ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) en virtud del Decreto núm. 211-17 del 9 de junio de 2017, queda designada igualmente Representante Permanente de la República Dominicana ante los siguientes organismos de la Organización de las Naciones Unidas con sede en Ginebra, Suiza: Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), Instituto de las Naciones Unidas para la Formación Profesional e Investigaciones (UNITAR), y el Instituto de las Naciones Unidas de Investigación para el Desarrollo Social (UNRISD).
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento y fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017); años 174 de la Independencia y 154 de la Restauración. DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
extraido_desde_pdf_oficial. - Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.