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Decreto núm. 053-2017

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Dec. No. 53-17 que otorga la Medalla al Mérito a la Mujer, a varias damas dominicanas, y póstumamente a la cantante Sonia Silvestre. G. O. No. 10876 del 30 de marzo de 2017. DANILO MEDINA

Presidente de la República Dominicana

NÚMERO: 53-17

CONSIDERANDO: Que el 8 de marzo se conmemora el Día Internacional de la Mujer, fecha en la cual el Gobierno dominicano rinde homenaje a la mujer dominicana que se ha destacado por desempeñar un papel fundamental en el ámbito económico, político, social, educativo y humanitario, así como soporte fundamental de la familia. CONSIDEDANDO: Que la mujer dominicana participa cada vez más en los procesos de desarrollo nacional ejerciendo un liderazgo activo en diferentes ámbitos de la vida pública.

CONSIDERANDO: Que es un imperativo seguir promoviendo la participación de la mujer y reconocer sus grandes contribuciones a la sociedad dominicana.

VISTO: El Decreto núm. 3013, del 29 de mayo de 1985, que crea la Medalla al Mérito a la Mujer.

VISTO: El oficio del Ministerio de la Mujer núm. 030051, del 6 de marzo de 2017, dirigido al Señor Presidente de la República. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente

DECRETO:

ARTÍCULO 1. Se otorga la Medalla al Mérito a la Mujer, como reconocimiento a los esfuerzos realizados y por distinguirse en los diferentes campos del quehacer social, a las siguientes damas: Núm. Nombres y apellidos Renglón 1. Dolly Herminia Nin Cavallo Salud 2. María Cándida Sánchez Mora Participación Política 3. Miriam Altagracia Cabral Pérez Participación Política 4. Audrey Arelis Puello Pérez Deportes

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_____________ 5. Xiomara Fortuna Arte 6. María Paquita Ramírez Labor Comunitaria/Filantropía 7. Diana Mejía Labor Comunitaria en el Exterior 8. Mercedes R. Esclarecida Núñez de Almonte Educación 9. Rosario Altagracia Graciano de los Santos Profesional 10. Felícita Heredia Lorenzo Ciencia y Tecnología 11. Magaly Caram Salud 12. Sonia Silvestre Homenaje Póstumo 13. Wanda Rijo Deporte

ARTÍCULO 2.Envíese al Ministerio de la Mujer, para los fines correspondientes.

DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de marzo del año dos mil diecisiete (2017), años 174 de la Independencia y 154 de la Restauración. DANILO MEDINA

Notas de revisión

  • Pendiente de revisión humana.
  • Estado de extracción: extraido_desde_pdf_oficial.
  • Texto extraído automáticamente del PDF oficial y refluido para legibilidad; cotejar contra el PDF.
  • El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.