Decreto núm. 350-2016¶
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Metadata¶
- Tipo de documento: decreto
- Número: 350
- Año: 2016
- Título detectado: que modifica el Numeral 15 del Art. 1, del Decreto No. 387-15, que declaró de utilidad pública varias porciones de terrenos para ser destinadas a edificaciones escolares. G. O. No. 10864 del 7 de diciembre de 2016
- Fecha: 02/12/2016
- Gaceta oficial: 10864
- Institución fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo
- Fuente oficial: https://www.consultoria.gov.do/consulta/
- Documento oficial: https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3380775&managementType=1
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827880e75d2b0e0f39c1211927464db3a8221a5da2bff24b45ac2175433c994a - Estado de revisión: pendiente_revision
Texto¶
Página 1 del PDF¶
Dec. No. 350-16 que modifica el Numeral 15 del Art. 1, del Decreto No. 387-15, que declaró de utilidad pública varias porciones de terrenos para ser destinadas a edificaciones escolares. G. O. No. 10864 del 7 de diciembre de 2016.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 350-16
VISTA: La Ley No. 344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se modifica el numeral 15 del Artículo 1 del Decreto No. 387-15, del 24 de diciembre de 2015, para que se lea de la manera siguiente:
- Una porción de terreno con una extensión superficial de diez mil quinientos metros cuadrados (10,500.00 m2), dentro de la Parcela No.201-A-PARTE, Distrito Catastral No. 32, ubicada en el municipio Santo Domingo de Guzmán, provincia Santo Domingo, amparada en la Constancia Anotada Matrícula No. 30000151938, expedida a nombre de AZUCARERA NACIONAL, C. por A., por el Registrador de Títulos de Santo Domingo.
Artículo 2. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, al Registrador de Títulos correspondiente y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines correspondientes.
Página 2 del PDF¶
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dos ( 2 ) días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Notas de revisión¶
- Pendiente de revisión humana.
- Estado de extracción:
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- El PDF contenía fragmentos de decretos vecinos; se delimitaron usando sus encabezados oficiales.